AGRICULTURA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 643-2007-AG - Oficializan el

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 7 de Noviembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 7 de noviembre de 2007
356860
Nº DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO
16 CUSCO PAUCARTAMBO COLQUEPATA
17 CUSCO QUISPICANCHI OROPESA
18 CUSCO URUBAMBA URUBAMBA
19 ICA NAZCA NAZCA
20 LA LIBERTAD BOLIVAR UCUNCHA
21 LA LIBERTAD PACASMAYO JEQUETEPEQUE
22 LA LIBERTAD SANTIAGO DE CHUCO QUIRUVILCA
23 LA LIBERTAD PATAZ TAYABAMBA
24 LA LIBERTAD TRUJILLO FLORENCIA DE MORA
25 LA LIBERTAD TRUJILLO LAREDO
26 LIMA BARRANCA PARAMONGA
27 LIMA HUARAL IHUARI
28 LIMA LIMA PACHACAMAC
29 LIMA LIMA PUCUSANA
30 LIMA SAN VICENTE DE CAÑETE IMPERIAL
31 LIMA SAN VICENTE DE CAÑETE SAN LUIS
32 LIMA SAN VICENTE DE CAÑETE SAN VICENTE DE
CAÑETE
33 LORETO LORETO PARINARI
34 LORETO MARISCAL RAMON CASTILLA PEBAS
35 LORETO MARISCAL RAMON CASTILLA RAMON CASTILLA
36 LORETO MAYNAS PUNCHANA
37 LORETO MAYNAS TORRES CAUSANA
38 LORETO REQUENA SOPLIN
39 MOQUEGUA GENERAL SANCHEZ CERRO CHOJATA
40 PIURA PIURA LA ARENA
41 PUNO AZANGARO SAN JOSE
42 PUNO CARABAYA AJOYANI
43 PUNO CARABAYA COASA
44 PUNO LAMPA NICASIO
45 PUNO MELGAR CUPI
46 PUNO MELGAR ORURILLO
47 PUNO PUNO PICHACANI
48 PUNO PUNO TIQUILLACA
49 PUNO YUNGUYO ANAPIA
50 TACNA TACNA SAMA
51 TACNA TARATA ESTIQUE PAMPA
52 TACNA TARATA SUSAPAYA
53 UCAYALI PURUS PURUS
127744-1
AGRICULTURA
Oficializan el “XII Encuentro
Nacional de Productores Ecológicos
del Perú y VII Festival Nacional de la
Agrobiodiversidad”, a realizarse en la
ciudad de Piura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 643-2007-AG
Lima, 5 de noviembre de 2007
VISTOS:
Los Ocios Nºs. 2509-2007-AG-DGPA/DCL y 2573-
2007-AG-DGPA/DCL de la Dirección General de Promoción
Agraria del Ministerio de Agricultura;
CONSIDERANDO:
Que, es política del Ministerio de Agricultura promover,
fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos
Agropecuarios con la participación activa de los agentes
productivos, sean personas naturales y jurídicas, vinculadas
a la producción agraria a nivel nacional, regional y local,
así como promover la inversión privada en el desarrollo del
Sector Agrario;
Que, mediante Ocio Nº 08/ANPE-PERÚ/2007 del 10
de agosto de 2007, el Director Ejecutivo de la Asociación
Nacional de Productores Ecológicos del Perú–ANPE Perú
solicita la ocialización del “XII Encuentro Nacional de
Productores Ecológicos del Perú y VII Festival Nacional de
la Agrobiodiversidad”, a realizarse del 3 al 7 de noviembre
del presente año en la ciudad de Piura;
Que, dicho evento tiene por objetivo fortalecer la
institucionalidad de las organizaciones de productores
ecológicos generando espacios de diálogo, coordinación
y planicación de su participación entorno a una propuesta
agroecológica, fortalecer los procesos de apertura para el
establecimiento de alianzas y relaciones de cooperación con
otras organizaciones de objetivos similares dentro de la región
con la nalidad de consolidar el movimiento agroecológico en el
Perú y construir plataformas sobre el movimiento agroecológico
para incidir en las políticas nacionales y regionales;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902–Ley
Orgánica del Ministerio de Agricultura, el Decreto
Supremo Nº 017-2001-AG–Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Agricultura, la Resolución
Ministerial Nº 0650-2006-AG– Reglamento de Ferias y
Eventos Agropecuarios, y el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Ministerio de Agricultura,
aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-AG y
modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ocializar el “XII Encuentro Nacional de
Productores Ecológicos del Perú y VII Festival Nacional
de la Agrobiodiversidad” organizado por la Asociación
Nacional de Productores Ecológicos del Perú–ANPE Perú,
a realizarse del 3 al 7 de noviembre del presente año en
la ciudad de Piura;
Artículo 2º.- La Comisión Organizadora del encuentro
a que se reere el artículo precedente, dentro de los
treinta (30) días calendario posteriores a su nalización,
presentará al Ministerio de Agricultura, un informe sobre
los resultados de su gestión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Agricultura
128569-1
Modifican el TUO del Reglamento del
Cultivo del Algodonero para los Valles
de la Costa Peruana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 646-2007-AG
Lima. 6 de noviembre de 2007
VISTOS:
El Ocio Nº 1883-2007-AG-DGPA/DG de la Dirección
General de Promoción Agraria y el Ocio Nº 1060-2007-
AG-SENASA, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial N° 251-94-AG, de 26
de mayo de 1994, se aprobó el Texto Único Ordenado del
Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de
la Costa Peruana, el cual fue modicado por Resolución
Ministerial N° 443-97-AG, del 10 de noviembre de 1997,
y por Resolución Ministerial N° 1118-2001-AG, del 15 de
octubre de 2001;
Que, la Primera Disposición Complementaria del
referido Texto Único Ordenado establece que con la
nalidad de apoyar al SENASA en la scalización y
supervisión del citado Reglamento se constituirá en cada
valle o zona algodonera una Comisión Ad Hoc, cuya
composición es necesario modicar con la nalidad de
lograr una equilibrada participación de los distintos agentes
económicos que intervienen en dicho cultivo;
Que, es política sectorial en el proceso de
descentralización el fortalecimiento de las Direcciones
Regionales Agrarias apoyando la gestión en su ámbito;
Que, las fechas límite del cultivo vienen siendo
propuestas por las Comisiones Ad Hoc de los valles y
autorizadas por el SENASA; propuestas que no son
analizadas con criterios técnicos por las organizaciones
miembros de la Comisión, por lo que es necesario resolver
esta situación;
Que, es necesario armonizar la terminología dispuesta
por la Ley General de Semillas, Ley N° 27262 y el

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