SALUD RESOLUCION MINISTERIAL Nº 740-2007/MINSA - Oficializan conformaciOn de la ComisiOn Intrasectorial para recomendar las acciones tendientes a la Prevencion y MitigaciOn de la ContaminaciOn Ambiental RESOLUCION MINISTERIAL Nº 740-2007/MINSA

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición15 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 15 de setiembre de 2007
353402
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de setiembre del año dos mil siete.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN
Ministro de Salud
108902-3
Declaran en reorganización el Seguro
Integral de Salud - SIS
DECRETO SUPREMO
Nº 010-2007-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de
Salud, se creó el Seguro Integral de Salud – SIS, como
Organismo Público Descentralizado del Ministerio de
Salud, cuya misión es administrar los fondos destinados
al nanciamiento de prestaciones de salud individual para
la población en estado de pobreza extrema y de pobreza,
carente de algún tipo de seguro de salud, de conformidad
con la política del Sector;
Que, de acuerdo al Artículo 4º de la Ley Nº 27658
– Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado,
el proceso de modernización de la gestión del Estado
tiene como nalidad fundamental la obtención de mayores
niveles de eciencia del aparato estatal, de manera que
se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y
optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, se
aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del
Seguro Integral de Salud;
Que, por Resolución Suprema 014-2002-SA,
se aprobaron los “Lineamientos de Política Sectorial
de Salud para el período 2002-2012”, estableciendo
el primero de ellos que se debe “Garantizar el acceso
universal a los servicios de salud pública y atención
individual, priorizando los sectores más necesitados”,
resultando imperativo promover en forma progresiva
mecanismos que conduzcan a una seguridad universal
para la atención básica individual de salud, con servicios
acreditados y categorizados, fomentando la competencia,
ecacia, solidaridad, eciencia y calidad en la atención de
toda la población;
Que, por Resolución Ministerial Nº 589-2007/MINSA,
se aprobó el Plan Nacional Concertado en Salud - Política
de Salud 2007-2020, el cual establece en su tercer
Lineamiento el Aseguramiento Universal, señalando que
todos los peruanos tendrán acceso a un seguro de salud
a través del acceso a un plan de salud que garantice para
todos un conjunto de prestaciones independientes del
sistema de aseguramiento que elijan;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2007-SA,
se estableció el Listado Priorizado de Intervenciones
Sanitarias, basado en evidencias de las principales
intervenciones en salud a nivel nacional y los Componentes
de Aseguramiento Subsidiado, dirigido a la población de
pobreza y pobreza extrema y Semisubsidiado, dirigido
a la población con limitada capacidad de pago, que no
cuenten con un seguro de salud, de aplicación obligatoria
para todos los establecimientos que reciban nanciamiento
del Seguro Integral de Salud – SIS;
Que, de conformidad con el Artículo 8º del precitado
Decreto Supremo, el Seguro Integral de Salud ha expedido
a la fecha las normas que resultan necesarias para la
aplicación del referido dispositivo, existiendo la necesidad de
ajustar la estructura organizacional en base al nuevo marco
normativo a n de garantizar el proceso de aseguramiento
universal de manera sostenida, como política de Estado
y restructurar el diseño institucional para lograr mayor
eciencia en el mencionado proceso, redimensionando los
roles, funciones, objetivos y estructura de sus órganos en
el marco del proceso de descentralización y modernización
de la gestión del Estado;
Que, esta reorganización permitirá reformular sus
objetivos y funciones y dotar a la Institución de una
dinámica acorde de los estándares de la Política Nacional
de Salud, optimizando los nuevos roles que el Seguro
Integral de Salud, necesita encaminados al Aseguramiento
Universal en Salud:
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y por lo
preceptuado en el numeral 8. del Artículo 118º de la
DECRETA:
Artículo 1º.- Declarar en reorganización el Seguro
Integral de Salud- SIS
Declárese por un plazo de 120 días calendarios,
en proceso de reorganización al Organismo Público
Descentralizado del Ministerio de Salud, Seguro Integral
de Salud- SIS.
Artículo 2º.- Expedición de normatividad
El Ministerio de Salud, en el período de reorganización,
a propuesta del Seguro Integral de Salud - SIS, deberá
presentar a las instancias respectivas los proyectos de
documentos de gestión necesarios para la implementación
de las medidas de reorganización los que serán aprobados
en observancia a lo establecido en la Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado y demás normas
legales y reglamentarias vigentes.
Artículo 3º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por
el Ministro de Salud y entrará en vigencia a partir del
día siguiente de su publicación en el Diario Ocial El
Peruano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de setiembre del año dos mil siete.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN
Ministro de Salud
108902-4
Oficializan conformación de la Comisión
Intrasectorial para recomendar las
acciones tendientes a la Prevención
y Mitigación de la Contaminación
Ambiental
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 740-2007/MINSA
Lima, 11 de setiembre del 2007
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del Artículo 3° de la Ley N° 27657,
Ley del Ministerio de Salud establece que es competencia
de rectoría sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema
Nacional de Salud, el análisis y la vigilancia de la situación
de la salud y sus determinantes;
Que, el numeral 6 del Artículo 5° de la Ley precitada,
señala que el Ministerio de Salud diseña y norma los
procesos organizacionales correspondientes, en el
ámbito de su gestión institucional y sectorial para lograr
la protección y recuperación de la salud y la rehabilitación
de las capacidades de las personas en condiciones de
equidad y plena accesibilidad;
Que asimismo, se debe continuar consolidando la
optimización de recursos y esfuerzos del Ministerio de
Salud para combatir los citados factores de riesgo y sus
efectos, teniendo en cuenta la variedad de ecosistemas,
el uso de los recursos naturales, la calidad ambiental y la
situación socioeconómica de nuestro país;
Que, ante los constantes impactos y efectos de la
contaminación ambiental causados entre otros, por la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR