DEFENSA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 769-2007 DE/SG - Autorizan ingreso al territorio de la RepUblica de personal militar de Bolivia y EE.UU. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 769-2007 DE/SG

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 22 de setiembre de 2007 353869
Adrianzén, Contralmirante Oleg Nicolás KRILJENKO
Arnillas y Capitán de Corbeta Álvaro PARRA Ponce,
para que participen en el Décimo Octavo Simposio
Internacional sobre Poderío Naval, el cual se realizará en
la Escuela Superior de Guerra Naval de Newport, Rhode
Island - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 14
al 20 de octubre de 2007, por cuanto los conocimientos y
experiencias a adquirirse redundarán en benecio de la
Institución;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que
regula la autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio
de Defensa, Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2007, Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto
Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de
2004, modicado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/
SG de fecha 30 de junio de 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
del Servicio del Almirante Eduardo Javier DARCOURT
Adrianzén, CIP 03714214, DNI 44186780, Contralmirante
Oleg Nicolás KRILJENKO Arnillas, CIP 09708492, DNI
43318539 y Capitán de Corbeta Álvaro PARRA Ponce,
CIP 00919135, DNI 43316620, para que participen en
el Décimo Octavo Simposio Internacional sobre Poderío
Naval, el cual se realizará en la Escuela Superior de
Guerra Naval de Newport, Rhode Island - ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 14 al 20 de octubre
de 2007.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de
Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan
de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje: Lima - Newport, Rhode Island (EE.UU.) -
Lima
US$ 1,000.44 x 3 Ociales
Viáticos:
US$ 220.00 x 3 Ociales x 7 días
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$ 30.25 x 3 Ociales
Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para
variar la fecha de inicio y término de la Comisión a que
se reere el Artículo 1º, sin exceder el total de días
autorizados.
Artículo 4º.- El mencionado Personal Superior, deberá
cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002
y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al
Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa,
aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG
de fecha 26 de enero de 2004, modicado con Decreto
Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de
2004.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
111288-30
Autorizan ingreso al territorio de
la República de personal militar de
Bolivia y EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 768-2007-DE/SG
Lima, 20 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, mediante Facsímil (DGS) Nº 1149 de fecha 11
de setiembre de 2007, el Director General para Asuntos
de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones
Exteriores, solicita se expida la autorización para el
ingreso de personal militar de la República de Bolivia, sin
armas de guerra;
Que, en el marco de la XXXIII Conferencia
Bilateral de Inteligencia entre los Ejércitos de Bolivia
y Perú, realizada en el mes de junio de 2006, en la
ciudad de La Paz-Bolivia, se acordó que la siguiente
Conferencia Bilateral de Inteligencia, se llevaría a
cabo en la ciudad de Lima – Perú, en el mes de
Setiembre de 2007;
Que, la realización de la XXXIV Conferencia Bilateral
de Inteligencia entre ambos países, permitirá aanzar y
fortalecer los lazos de amistad, camaradería y conanza
mutua alcanzados entre el Ejército del Perú y el Ejército
de la República de Bolivia;
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de
requisitos para la autorización y consentimiento para
el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la
República, modicado por Ley Nº 28899, establece
que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas
de guerra para realizar actividades relacionadas a las
medidas de fomento de la conanza, actividades de
asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, académicas, de instrucción o entrenamiento
con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o
para realizar visitas de coordinación o protocolares
con autoridades militares y/o del Estado Peruano
es autorizado por el Ministro de Defensa mediante
Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso
de la República por escrito en un plazo de veinticuatro
(24) horas tras la expedición de la resolución,
bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de
autorización debe especicar los motivos, la relación
del personal militar, la relación de equipos transeúntes
y el tiempo de permanencia en el territorio peruano.
En los casos en que corresponda se solicitará opinión
previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y,
Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de
conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República de personal militar de la República de Bolivia,
cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte
de la presente Resolución, del 24 al 28 de setiembre de
2007, para participar en la XXXIV Conferencia Bilateral de
Inteligencia Militar entre el Ejército del Perú y el Ejército
de Bolivia.
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente
del Consejo de Ministros la presente resolución, a n que
de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que
se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modicado
por Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
111445-1

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