INTERIOR RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0895-2007-IN/0501 - Modifican R.M. Nº 0332-2007-IN en lo referente al titular para el manejo de cuentas bancarias del Fondo para las Fuerzas Armadas y PolicIa Nacional del PerU RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0895-2007-IN/0501

Fecha de disposición13 Noviembre 2007
Fecha de publicación13 Noviembre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 13 de noviembre de 2007
357420
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 1800-2006-
DIRGEN/DIRREHUM del 9 de septiembre de 2006, el
Capitán de la Policía Nacional del Perú Edgard Ulises
ARTEAGA OLIVA, pasó de la Situación de Actividad a
la situación de Retiro por Inaptitud Psicosomática, en
condición de Inválido, como “consecuencia del servicio”;
Que, de acuerdo al Acta de Junta Médica Nº 273.07.
HN.LNS.PNP.DIVCIR.DEPTRA del 4 de mayo de 2007 y
Acta de Intersanidades 31-07-HN LNS-PNP.DIR, del 22 de
julio de 2007, el Capitán de la Policía Nacional del Perú en
Situación de Retiro Edgard Ulises ARTEAGA OLIVA, debe
de viajar para recibir tratamiento quirúrgico en el extranjero,
para retiro de material de osteosíntesis, curetaje amplio de
foco de pseudoartrosis, estabilización de fractura mediante
tutoraje externo, cobertura antibiótica y posteriormente
colocación de injertos óseos para tratar la pseudoartrosis
con relación a la lesión neurológica, controles por
consultorio del Dolor y Rehabilitación recomendándose
por el tiempo de evolución y complejidad de la lesión, que
este tratamiento se realice en el extranjero;
Que, mediante Devolución Nº 354-2007-SD-FOSPOLI
del 22 de agosto de 2007, el Directorio del Fondo de Salud
de la Policía Nacional del Perú informa que en la Sesión
Ordinaria Nº 23 del 21 de agosto de 2007, se acordó
autorizar a la Dirección Ejecutiva de Administración de la
Dirección de Salud de la Policía Nacional del Perú, para
que realice la transferencia de US$ 16,208.40 (dieciséis
mil doscientos ocho con 40/100 dólares americanos) al
Complejo Cientíco Ortopédico Internacional “Frank País”
de La Habana, Cuba, para el tratamiento quirúrgico para
Retiro de material de osteosíntesis, curetaje amplio de
foco de pseudoartrosis, estabilización de fractura mediante
tutoraje externo, cobertura antibiótica y posteriormente
colocación de injertos óseos para tratar la pseudoartrosis
con relación a la lesión neurológica, controles por
consultorio del Dolor y Rehabilitación, del Capitán de la
Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Edgard
Ulises ARTEAGA OLIVA;
Que, mediante Informe 117-2007-DIREJADM-
DIRECFIN-PNP-DEP/DA.SDB del 28 de agosto de 2007,
se establece que la Dirección de Economía de la Policía
Nacional del Perú, abonará el concepto de remuneración
por tratamiento médico quirúrgico especializado
ascendente a la suma de US$ 17,248.00 (diecisiete mil
doscientos cuarenta y ocho 00/100 dólares americanos);
por ciento doce (112) días;
Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas
reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, establece que
la Resolución de viajes al exterior de la República
estrictamente necesarios, será debidamente sustentada
en el interés nacional o en el interés especíco de la
Institución, y deberá indicar expresamente el motivo
del viaje, el número de días de duración del viaje, el
monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa
Corpac;
Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley
Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2007, referido a las medidas de austeridad
en bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de
servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos
públicos, excepto los que se efectúen en el marco de
los acuerdos de negociación de tratados comerciales,
negociaciones económicas y nancieras y las acciones de
promoción de importancia para el Perú, así como los viajes
que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones
Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del
Estado a que se reere la Ley Nº 28212, siendo que todos
los viajes se realizan en categoría económica, salvo las
excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, de acuerdo a los dispositivos legales antes
mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje
del Capitán de la Policía Nacional del Perú en Situación
de Retiro Edgard Ulises ARTEAGA OLIVA, el mismo que
se encuentra presupuestado, resulta viable autorizar
dicho viaje; y,
De conformidad con la Ley Nº 27619 que regula
la autorización de viaje al exterior de servidores y
funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 28927 -
Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2007, la Ley Nº 27238 Ley de la Policía Nacional del Perú,
su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 008-2000-IN, el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que
aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo
Nº 370 Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN y
lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud para el
Personal de la Policía Nacional del Perú, aprobado por
Resolución Ministerial Nº 1472-2006-IN/PNP del 9 de
junio de 2006,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero al Capitán
de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro
Edgard Ulises ARTEAGA OLIVA, para ser sometido
a tratamiento médico quirúrgico especializado, en el
Complejo Cientíco Ortopédico Internacional “Frank País”
de La Habana, Cuba, por un período de Ciento Doce (112)
días, a partir de la fecha de expedición de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas
de la Policía Nacional del Perú, abonará al mencionado
Ocial de la Policía Nacional del Perú en Situación de
Retiro Edgard Ulises ARTEAGA OLIVA, la cantidad de
US$ 17,248.00 (diecisiete mil doscientos cuarenta y ocho
00/100 dólares americanos) por concepto de remuneración
por tratamiento médico quirúrgico especializado en el
extranjero, por el período de Ciento Doce (112) días.
Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional
del Perú, transferirá el monto que demande el tratamiento
médico quirúrgico especializado del Capitán de la
Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Edgard
Ulises ARTEAGA OLIVA, en el Complejo Cientíco
Ortopédico Internacional “Frank País”, por la suma de
US$ 16,208.40 (dieciséis mil doscientos ocho con 40/100
dólares americanos) sufragando asimismo el gasto por
concepto de pasaje Lima - La Habana - Cuba - Lima, que
asciende a la suma de US$ 900.36 (novecientos y 36/100
dólares americanos) y tarifa única de uso de Aeropuerto
por la cantidad de US$ 30.25 (treinta y 25/100 dólares
americanos) para el mencionado Ocial de la Policía
Nacional del Perú en Situación de Retiro.
Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el personal policial
autorizado deberá presentar un informe detallado,
describiendo las acciones realizadas y los resultados
obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente
documentada.
Artículo 5º.- Dentro de los siete (7) días calendario
siguiente de efectuado el viaje, el personal policial
autorizado deberá presentar a la Presidencia de la
República, a través de la Secretaría del Consejo de
Ministros, un informe detallado describiendo las acciones
realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de
ninguna clase o denominación.
Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro del Interior,.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS ALVA CASTRO
Ministro del Interior
131297-5

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