PRODUCE RESOLUCION DIRECTORAL Nº 401-2007-PRODUCE/DGEPP - Modifican la R.D. Nº 339-2006-PRODUCE/DGEPP, sobre adquisiciOn de embarcaciOn pesquera RESOLUCION DIRECTORAL Nº 401-2007-PRODUCE/DGEPP

Fecha de disposición11 Noviembre 2007
Fecha de publicación11 Noviembre 2007
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 11 de noviembre de 2007
357328
OGPP-Op de la Ocina de Presupuesto de la Ocina
General de Planicación y Presupuesto y el Informe
041-2007-PRODUCE/OGAJ-PLU de la Ocina
General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Facsímil (SUD-MER-CHI) N° 238 de
fecha 18 de setiembre de 2007, la Dirección General
de Sudamérica del Ministerio de Relaciones Exteriores
del Perú comunica la invitación que la Subsecretaría
de Economía, Fomento y Reconstrucción de Chile del
Ministerio de Economía de Chile, señora Ana María
Correa López, dirige al Viceministro de Industria, señor
Carlos Ferraro Rey, para realizar una visita a Chile,
con el propósito de establecer vínculos de cooperación
entre ambas instituciones a través del intercambio de
información respecto a mecanismos e instrumentos
de fomento a la pequeña y mediana empresa (PYME),
enfatizando entre otros temas, la innovación, el
emprendimiento y la mejora de la competitividad;
asimismo, dicha invitación propone incluir reuniones
con otras instituciones que sean de interés para nuestro
sector;
Que, en ese sentido, la comunicación del Ministerio
de Relaciones Exteriores del Perú indica que nuestra
Embajada en Chile sugiere que la agenda de la visita
del Viceministro de Industria a Chile contemple,
adicionalmente, reuniones con el Consejo Nacional de
Innovación para la Competitividad, la Corporación de
Fomento de la Producción (CORFO), y la Fundación
Chile, entidad que ha impulsado importantes proyectos de
innovación en ese país, entre ellos el exitoso cluster del
salmón;
Que, mediante Ocio N° 482-2007-PRODUCE/DVI, el
Viceministro de Industria, señor Carlos Reynaldo Ferraro
Rey, comunica a la Subsecretaria de Economía, Fomento
y Reconstrucción de Chile, señora Ana María Correa
López, la aceptación de la invitación cursada, proponiendo
para su visita los días 12 al 14 de noviembre de 2007;
Que, mediante el Informe Técnico de vistos,
el Despacho Viceministerial de Industria señala la
importancia de la visita del Viceministro de Industria a la
ciudad Santiago de Chile, Chile, en consideración a que
el Perú será sede de la Reunión Ministerial de Pequeñas
y Medianas Empresas de la Cooperación Económica
Asia-Pacíco (APEC) en el 2008, cuyo tema central
será “soluciones empresariales para el desarrollo de la
pequeña y mediana empresa”, con lo cual dicha visita
permitiría al sector conocer la experiencia chilena sobre
los mecanismos e instrumentos de promoción de la
competitividad de la pequeña y mediana empresa chilena
y determinar posibilidades concretas de cooperación
entre ambos países; por lo que en dicho contexto, resulta
oportuno autorizar la participación del Viceministro de
Industria del Ministerio de la Producción a la visita citada
en el primer considerando;
Que, de acuerdo a lo informado mediante Informe
Técnico 016-2007-PRODUCE/DVI del Despacho
Viceministerial de Industria, los gastos que involucre
el viaje propuesto del mencionado funcionario serán
nanciados por el Ministerio de la Producción; para tal
efecto, la Ocina de Presupuesto de la Ocina General
de Planicación y Presupuesto, mediante el Informe
734-2007-PRODUCE/OGPP-Op, establece que
existe disponibilidad presupuesta! para atender el viaje
propuesto;
Que, resulta necesario encargar las funciones del
Viceministro de Industria, en tanto dure la ausencia del
Titular;
Con el visado de las Ocinas Generales de Planicación
y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica;
Estando a lo informado y de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder
Ejecutivo, el literal b) del numeral 3) del Artículo 4° de la
Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2007 y la Ley N° 27619, Ley que regula
la autorización de los viajes al exterior de servidores y
funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo N° 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Carlos
Reynaldo Ferraro Rey, Viceministro de Industria del
Ministerio de la Producción, a la ciudad de Santiago de
Chile, Chile, del 12 al 14 de noviembre de 2007, para los
nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución Suprema.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por
el Pliego 038: Ministerio de la Producción, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes US $ 723,30
Viáticos US $ 800,00
TUUA Internacional US $ 30,25
-------------------
Total US $ 1 553,55
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes al viaje, el mencionado funcionario deberá
presentar al Titular del Sector, con copia a la Ocina
General de Planicación y Presupuesto, un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos, con la correspondiente rendición de
cuentas.
Artículo 4°.- Encargar las funciones del Viceministro
de Industria al Viceministro de Pesquería del Ministerio de
la Producción, en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no
libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos
aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de la Producción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
RAFAEL REY REY
Ministro de la Producción
130717-9
Modifican la R.D. 339-2006-
PRODUCE/DGEPP, sobre adquisición
de embarcación pesquera
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 401-2007-PRODUCE/DGEPP
Lima, 11 de setiembre del 2007
Visto los escritos con Registros 00045882 y
Nº 00045854 del 2 de julio 2, 4, 8 y 17 de agosto y 6 de
septiembre de 2007, presentado por la empresa PEZ DE
EXPORTACION S.A.C.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo
24º del Decreto Ley Nº 259777 – Ley General de Pesca, la
construcción y adquisición de embarcaciones pesqueras
deberá contar con autorización previa de incremento de
ota otorgada por el Ministerio de la Producción en función
de la disponibilidad, preservación y explotación racional de
los recursos hidrobiologicos. Las nuevas autorizaciones
de incremento de ota sólo se otorgarán a aquellos
armadores cuyas embarcaciones posean sistemas de
preservación a bordo, adecuados artes y aparejos de
pesca y su operación se oriente a la extracción de recursos
hidrobiologicos subexplotados e inexplotados;
Que de conformidad con el numeral 6.1 del Artículo
del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del

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