MUNICIPALIDAD DE COMAS ORDENANZA Nº 292-C/MC - Modifican el Reglamento del Servicio de Transporte PUblico Especial de Pasajeros y Carga en VehIculos Menores Motorizados y No Motorizados y constituyen ComisiOn TEcnica Mixta de Transporte ORDENANZA Nº 292-C/MC

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 11 de setiembre de 2009 402419
ha sido elaborado teniendo en consideración el
Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los
“Lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de
las entidades de la Administración Pública” y demás
normas señaladas en el Informe Técnico Sustentatorio.
El diseño organizacional propuesto es para el
mejoramiento de las condiciones de trabajo y calidad
de vida de los trabajadores en el ámbito departamental,
así como la promoción de proyecto de infraestructura de
transportes y telecomunicaciones a nivel regional. Las
funciones consignadas en los Órganos de Línea, son
establecidas por Ley, así mismo se están considerando
funciones que se han transferido durante todo el
proceso de acreditación y transferencia de funciones
sectoriales a los Gobiernos Regionales;
Que, el Informe Legal Nº 232-2009-GRSM/ORAL, de
fecha 13 de Mayo del presente año, la Ocina Regional
de Asesoría Legal, opina que el proyecto de Reglamento
de Organización y Funciones – ROF 2009 de la Dirección
Regional Transportes y comunicaciones de San Martín se
derive al Consejo Regional para su aprobación mediante
Ordenanza Regional;
Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867,
atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas
Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el
plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos
del Consejo Regional;
Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y la administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia;
Que, por las consideraciones expuestas y en uso
de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867
Regional del Gobierno Regional de San Martín, emite la
siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento
de Organización y Funciones – ROF 2009 de la
Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones
de San Martín, la cual formará parte integrante de la
presente Ordenanza Regional y cuyo anexo que se
publicará en la página Web del Gobierno Regional de
San Martín.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría
del Consejo Regional para que en coordinación con la
Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones
de San Martín, realizar los trámites respectivos para
la publicación de la presente Ordenanza Regional, en
el diario de mayor circulación de la Región San Martín
y en el Diario Ocial El Peruano, previa promulgación
del Presidente Regional del Gobierno Regional de San
Martín.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
PEDRO VARGAS ROJAS
Consejero Delegado
Consejo Regional de San Martín
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de San Martín para su promulgación.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
San Martín a los once días del mes de junio del dos mil
nueve.
JAVIER OCAMPO RUIZ
Presidente Regional ( e)
Gobierno Regional de San Martín
395018-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Modifican el Reglamento del Servicio
de Transporte Público Especial
de Pasajeros y Carga en Vehículos
Menores Motorizados y No Motorizados
y constituyen Comisión Técnica Mixta
de Transporte
ORDENANZA N° 292-C/MC
Comas, 4 de setiembre de 2009
EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS
VISTO:
En sesión ordinaria del 04 de setiembre del 2009, el
Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano, respecto
a la modicación de la Ordenanza Nº 011-C/MC y
CONSIDERANDO:
Que, conforme al mandato contenido en el Art. 194º
de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades
son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia y rigen su accionar por las leyes y
demás normas que, conforme a la Constitución, regulan
el funcionamiento y actividades del sector público
nacional, entre las que se encuentra la Ley Orgánica
de Municipalidades, Nº 27972, en cuyo artículo 81º
se establece que son funciones especícas de las
municipalidades distritales en materia de tránsito, vialidad
y transporte público, el otorgamiento de licencias para la
circulación de vehículos menores y demás;
Que, según lo dispuesto por el artículo 18º inciso a) de
la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre Nº 27181,
por la Ley del Transporte Público Especial en Vehículos
Menores Nº 27189 y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo 004-2000-MTC, modicado por
Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC, las Municipalidades
Distritales son competentes para Regular y Controlar el
servicio de transporte público especial de pasajeros y
carga en vehículos menores motorizados y no motorizados
de su respectiva jurisdicción.
Que, en ejercicio de tales potestades, mediante
Ordenanza 011-2000-C/MC y sus modicatorias
se aprobó, en la jurisdicción del Distrito de Comas, el
Reglamento del servicio de transporte público especial
de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados
y no motorizados, estableciéndose en los artículos 7º y
siguientes que el permiso de operación se otorgará a
personas jurídicas legalmente constituidas e inscritas
en los Registros Públicos, conforme a la normatividad
vigente y señalándose las pautas para la conformación
de las organizaciones de transportadores de vehículos
menores y, en las sexta y séptima disposiciones nales y
transitorias, se señalan las competencias de la Comisión
Técnica Mixta de Transporte;
Que, la Quinta Disposición Complementaria del
Decreto Supremo 009-2000-MTC, que modica
el Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC, establece la
creación de la Comisión Técnica Mixta de Transporte en
cada Municipio Distrital, la misma que tiene como nalidad
promover el desarrollo y scalización del cumplimiento
de las ordenanzas municipales, así como proponer
disposiciones orientadas a optimizar el servicio;
Que, la Subgerencia de Tránsito y Transporte de la
Municipalidad, a través del Informe Nº 380-2009-SGTT-
GDU/MC, de fecha 01 de Setiembre del 2009, da cuenta
que existe sobre oferta de vehículos menores informales

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