MUNICIPALIDAD DEL RIMAC ORDENANZA Nº 286 - Regulan el uso temporal del retiro municipal con fines comerciales en el distrito ORDENANZA Nº 286

Fecha de disposición13 Enero 2012
Fecha de publicación13 Enero 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 13 de enero de 2012 459191
Aprueban la constitución de la
Mancomunidad Municipal “Lima -
Rímac”
ORDENANZA Nº 284
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RIMAC
POR CUANTO
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DEL RIMAC
Visto en Sesión Extraordinaria del Concejo de fecha
13 de diciembre del 2011, el Memorándum Nº 143-2011-
GCT-2011-MDR, de fecha 07 de diciembre de 20111, de
la Gerencia de Cooperación Técnica; con el voto unanime
de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de
la aprobación del Acta ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN DE
LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL “LIMA – RÍMAC”
Artículo Primero.- La presente Ordenanza
Municipal tiene por nalidad aprobar la constitución de
la Mancomunidad Municipal ‘’Lima-Rímac’’, en base al
Acta de fecha 2 de noviembre del 2011, suscrita entre la
alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de Lima y el
alcalde de la Municipalidad Distrital del Rímac.
La Mancomunidad Municipal ‘’Lima-Rímac’’ tiene por
objeto:
- Gestionar la recuperación del Centro Histórico de
Lima, ubicado en el Cercado de Lima y el distrito del
Rímac, de acuerdo a los ejes temáticos de atención
prioritaria del Programa Municipal para la Recuperación
del Centro Histórico de Lima-PROLIMA.
- Formular e implementar un Programa Conjunto
para la Recuperación, Protección y Conservación del
Ambiente y del Ecosistema del Río Rímac, en la parte
correspondiente al Cercado de Lima y el distrito del
Rímac, con enfoque de cuenca y participación ciudadana,
que complemente la ejecución del proyecto ‘’Vía Parque
Rímac’’.
- Establecer mecanismos de concertación y decisión
para la implementación de programas de gestión para la
prevención de Riesgos Físicos para los Asentamientos
Humanos ubicados en las laderas de los cerros del distrito
del Rímac (San Cristóbal, Flor de Amancaes, San Juan
de Amancaes) y de los Asentamientos Humanos y Barrios
ubicados en las riberas del Río Rímac del Cercado de
Lima y distrito del Rímac.
Artículo Segundo.- Aprobar el Estatuto de la
Mancomunidad Municipal ‘’Lima-Rímac’’, raticando el
contenido en el Acta de Constitución, que como anexo
forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Delegar las competencias y
funciones a la Mancomunidad Municipal ‘’Lima-Rímac’’,
las que se detallan a continuación:
Funciones especícas exclusivas:
- Planicar y concertar el desarrollo social en su
circunscripción en armonía con las políticas y planes
metropolitanos, aplicando estrategias participativas que
permitan el desarrollo de capacidades para superar la
pobreza y promover la inclusión.
- Ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto
a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre
información, capacitación, acceso a mercados, tecnología,
nanciamiento y otros campos a n de mejorar la
competitividad.
- Concertar con instituciones del sector público y
privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución
de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo
económico en el ámbito de la Mancomunidad Municipal.
- Promover las condiciones favorables para la
productividad y competitividad de las zonas urbanas del
centro Histórico de Lima, conservando y respetando sus
valores universales.
- Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y
conglomerados, de conformidad a lo establecido en la ley
Nº 28846.
- Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad
productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337,
y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 192-2009-EF.
- Facilitar y participar en los espacios de concertación
y participación ciudadana para la planicación, gestión y
vigilancia de los programas locales de desarrollo social,
así como de apoyo a la población en riesgos.
Funciones especícas compartidas:
- Ejecutar directamente o proveer la ejecución de
proyectos de infraestructura o de servicios, para el
cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal,
en coordinación con los organismos municipales y
nacionales competentes.
- Ejecutar directamente o proveer la ejecución de las
obras de infraestructura urbana que sean indispensables
para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la
producción, el comercio, el transporte y la comunicación
en el distrito, tales como pistas o calzadas, vías, puentes,
parques, mercados, Canales de irrigación, locales
comunales, y obras similares.
Artículo Cuarto.- Raticar la designación de la
señora SUSANA MARIA DEL CARMEN VILLARAN DE
LA PUENTE, Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana
de Lima, en el cargo de Presidenta del Consejo Directivo,
y del señor Gustavo Adolfo Arturo Fuentes Galindo,
en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad
Municipal, así como de los acuerdos señalados en el Acta
de Constitución.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo Sexto.- Déjese sin efecto las disposiciones
que se oponga a la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre comunique, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal a los trece días del mes
de diciembre de dos mil once.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
739647-1
Regulan el uso temporal del retiro
municipal con fines comerciales en el
distrito
ORDENANZA Nº 286
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL
RÍMAC
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 08 de
setiembre de 2011, el Dictamen Nº 014-2011-CDUYDC-
MDR de fecha 02 de setiembre de 2011 de la Comisión
de Desarrollo Urbano y Defensa Civil; con el voto de la
mayoría de los señores Regidores y con la dispensa del
trámite de aprobación del Acta ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA EL USO TEMPORAL DEL
RETIRO MUNICIPAL CON FINES COMERCIALES EN
EL DISTRITO DEL RÍMAC.
Artículo 1.- OBJETIVOS
La presente Ordenanza reglamenta los aspectos
técnicos y administrativos en el distrito del Rímac,
con relación al establecimiento de las condiciones y
procedimiento para la obtención de la Autorización de uso
temporal del Retiro Municipal, con nes de utilizar en una
actividad comercial o complementaria, en armonía con su
entorno inmediato y mediato, evitando la contaminación

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