Ordenanza Nº 003-2014-MDI - Otorgan beneficio de regularización tributaria y no tributaria en la jurisdicción del distrito de Imperial - Cañete
Fecha de disposición | 22 Marzo 2014 |
Fecha de publicación | 22 Marzo 2014 |
El Peruano
Sábado 22 de marzo de 2014 519389
participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de
los servicios a los ciudadanos, en el Art. 5º se establece,
que la voluntad de constituir una mancomunidad y su
Estatuto se aprueban por Ordenanza Municipal de las
Municipalidades interviniente, sustentadas en los informes
técnicos que den viabilidad a su creación;
Que, del Art. 11 del Reglamento de la Ley de
Mancomunidad Municipal aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 046-2010-PCM, se ha establecido el
procedimiento para la constitución de las mancomunidades
municipales, se señala que la Ordenanza Municipal
aprueba la constitución de la Mancomunidad Municipal
con la raticación del contenido del Acta de Constitución,
su Estatuto y la designación del primer Presidente del
Consejo Directivo y del primer Gerente General;
Que, estando al Acta de Constitución de la
Mancomunidad Municipal Distrital compuesto por los
Distritos de Cerro Azul, San Luís, San Vicente, Imperial,
Quilmanà y Nuevo Imperial de fecha 18 de Setiembre del
2012, se acordó constituir la Mancomunidad Municipal
Distrital antes referido y entre ellas otros Acuerdos como
convocar a Sesión de Concejo Municipal, en cada una de
las Municipalidades Participantes, para la aprobación de
la Constitución de la Mancomunidad Municipal Distrital,
mediante Ordenanza Municipal, raticando el contenido
de la presente Acta, su Estatuto y la designación del
primer Presidente del Consejo Directivo y del primer
Gerente General;
Que, mediante Informe Nº 162-2013-O.P.P.R.-MDI,
del Jefe de la Ocina de Planeamiento, Presupuesto
y Racionalización de la Municipalidad Distrital de
Imperial, declaró la viabilidad para la constitución de la
Mancomunidad Municipal de los Distrito de Cerro Azul,
Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luis y San
Vicente de Cañete;
Que, mediante Informe Nº 515-2013/OAJ.-MDI,
del Jefe de la Ocina de Asesoría Jurídica opina
favorablemente respecto a su aprobación por el Concejo
Municipal, estando a que se observa que las mismas
respetan las normas establecidas en la Ley Nº 29029 y
su Reglamento;
Que, de conformidad con lo establecido por la
Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley Nº 27972, la Ley de Mancomunidad
Municipal .Ley Nº 29029, modicada por la Ley Nº 29341,
luego del Debate correspondiente y con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobado por
mayoría, la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION,
EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL
DISTRITAL INTEGRADA POR LOS DISTRITOS DE
CERRO AZUL, SAN LUIS, SAN VICENTE, IMPERIAL,
QUILMANÁ Y NUEVO IMPERIAL
Artículo Primero.- La presente Ordenanza
Municipal tiene por nalidad aprobar la Constitución de
la Mancomunidad Municipal de los Distritos de Cerro
Azul, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luís y San
Vicente de Cañete, según Acta de Constitución de fecha
18 de Setiembre del 2012, suscrita por los respectivos
Alcaldes Distritales de las Municipalidades integradas.
Artículo Segundo.- La Mancomunidad Municipal
de los Distritos de Cerro Azul, Imperial, Nuevo Imperial,
Quilmanà, San Luís y San Vicente de Cañete, tiene
como:
1) FINES:
a) Mejorar la calidad de servicios a los ciudadanos.
b) Promover la participación ciudadana.
c) Promover el desarrollo económico
2) OBJETO:
a) Construcción y mejoramiento de infraestructura
vial.
b) Fomento de la Inversión privada y promoción del
empleo
c) Promover la participación vecinal en el desarrollo
local.
d) Prestación del servicio de limpieza pública.
e) Prestación del Servicio de agua potable,
alcantarillado y desagüe
f) Plantas de tratamiento de residuos sólidos.
g) Proyectos de parques temáticos, parques acuáticos
e implementación de proyectos turísticos sostenibles.
3) OBJETIVOS:
a) Promover y ejecutar proyectos de alcance
interdistrital
b) Procurar mejores niveles de eciencia y ecacia
en la gestión municipal para la prestación de servicios
públicos locales (o servicios sociales locales)
c) Gestionar recursos nancieros para la ejecución de
proyectos de desarrollo económico, productivo, cultural y
social.
d) Implementar las normas de transparencia, rendición
de cuentas y acceso a la información.
Artículo Tercero.- Aprobar el Estatuto de la
Mancomunidad Municipal de los Distritos de Cerro Azul,
Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luis y San
Vicente de Cañete, raticando el contenido en el Acta de
Constitución, el Estatuto que como Anexo forma parte de
la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Delegar las competencias y
funciones a la Mancomunidad Municipal de los Distritos
de Cerro Azul, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San
Luis y San Vicente de Cañete, las cuales se detallan a
continuación:
a) Concertar con Instituciones del sector público y
privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución
de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo
económico del distrito.
b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de
las obras de infraestructura urbana o rural que sean
indispensable para el desenvolvimiento de la vía del
vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la
comunicación en el distrito, tales como pistas o calzadas,
vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación
locales comunales y obras similares, en coordinación con
la municipalidad provincial respectiva.
c) Facilitar y participar en los espacios de concentración
y participación ciudadana para la planicación, gestión y
vigilancia de los programas locales de desarrollo social,
así como de apoyo a la población en riesgo.
d) Proveer el servicio de limpieza pública
determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y
el aprovechamiento industrial de desperdicios.
e) Administrar el servicio de agua potable, alcantarillado
y desagüe.
Artículo Quinto.- Raticar la designación del Sr
CELESTINO YACTAYO VILLALOBOS, en el cargo
de Presidente del Consejo Directivo y del Sr. PEDRO
JOSE CARLOS BUSTAMANTE SALAZAR, en el cargo
de Gerente General de la Mancomunidad Municipal,
de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de
Constitución de fecha 18 de Setiembre del 2012.
Artículo Sexto.- Encargar a Secretaria General la
difusión y Publicación de la presente Ordenanza en el
Diario Ocial El Peruano y en el Portal Institucional de la
Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete.
Artículo Sétimo.- La presente ordenanza entrara en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EDDY CÉSAR DEL MAZO TELLO
Alcalde
1064490-1
Otorgan beneficio de regularización
tributaria y no tributaria en la
jurisdicción del distrito de Imperial -
Cañete
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 003-2014-MDI
Imperial, 11 de Marzo de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE IMPERIAL-CAÑETE
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