Ordenanza Nº 003-2014-MDI - Otorgan beneficio de regularización tributaria y no tributaria en la jurisdicción del distrito de Imperial - Cañete

Fecha de disposición22 Marzo 2014
Fecha de publicación22 Marzo 2014
El Peruano
Sábado 22 de marzo de 2014 519389
participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de
los servicios a los ciudadanos, en el Art. 5º se establece,
que la voluntad de constituir una mancomunidad y su
Estatuto se aprueban por Ordenanza Municipal de las
Municipalidades interviniente, sustentadas en los informes
técnicos que den viabilidad a su creación;
Que, del Art. 11 del Reglamento de la Ley de
Mancomunidad Municipal aprobado mediante Decreto
Supremo 046-2010-PCM, se ha establecido el
procedimiento para la constitución de las mancomunidades
municipales, se señala que la Ordenanza Municipal
aprueba la constitución de la Mancomunidad Municipal
con la raticación del contenido del Acta de Constitución,
su Estatuto y la designación del primer Presidente del
Consejo Directivo y del primer Gerente General;
Que, estando al Acta de Constitución de la
Mancomunidad Municipal Distrital compuesto por los
Distritos de Cerro Azul, San Luís, San Vicente, Imperial,
Quilmanà y Nuevo Imperial de fecha 18 de Setiembre del
2012, se acordó constituir la Mancomunidad Municipal
Distrital antes referido y entre ellas otros Acuerdos como
convocar a Sesión de Concejo Municipal, en cada una de
las Municipalidades Participantes, para la aprobación de
la Constitución de la Mancomunidad Municipal Distrital,
mediante Ordenanza Municipal, raticando el contenido
de la presente Acta, su Estatuto y la designación del
primer Presidente del Consejo Directivo y del primer
Gerente General;
Que, mediante Informe Nº 162-2013-O.P.P.R.-MDI,
del Jefe de la Ocina de Planeamiento, Presupuesto
y Racionalización de la Municipalidad Distrital de
Imperial, declaró la viabilidad para la constitución de la
Mancomunidad Municipal de los Distrito de Cerro Azul,
Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luis y San
Vicente de Cañete;
Que, mediante Informe 515-2013/OAJ.-MDI,
del Jefe de la Ocina de Asesoría Jurídica opina
favorablemente respecto a su aprobación por el Concejo
Municipal, estando a que se observa que las mismas
respetan las normas establecidas en la Ley Nº 29029 y
su Reglamento;
Que, de conformidad con lo establecido por la
Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley Nº 27972, la Ley de Mancomunidad
Municipal .Ley Nº 29029, modicada por la Ley Nº 29341,
luego del Debate correspondiente y con dispensa del
trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobado por
mayoría, la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION,
EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL
DISTRITAL INTEGRADA POR LOS DISTRITOS DE
CERRO AZUL, SAN LUIS, SAN VICENTE, IMPERIAL,
QUILMANÁ Y NUEVO IMPERIAL
Artículo Primero.- La presente Ordenanza
Municipal tiene por nalidad aprobar la Constitución de
la Mancomunidad Municipal de los Distritos de Cerro
Azul, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luís y San
Vicente de Cañete, según Acta de Constitución de fecha
18 de Setiembre del 2012, suscrita por los respectivos
Alcaldes Distritales de las Municipalidades integradas.
Artículo Segundo.- La Mancomunidad Municipal
de los Distritos de Cerro Azul, Imperial, Nuevo Imperial,
Quilmanà, San Luís y San Vicente de Cañete, tiene
como:
1) FINES:
a) Mejorar la calidad de servicios a los ciudadanos.
b) Promover la participación ciudadana.
c) Promover el desarrollo económico
2) OBJETO:
a) Construcción y mejoramiento de infraestructura
vial.
b) Fomento de la Inversión privada y promoción del
empleo
c) Promover la participación vecinal en el desarrollo
local.
d) Prestación del servicio de limpieza pública.
e) Prestación del Servicio de agua potable,
alcantarillado y desagüe
f) Plantas de tratamiento de residuos sólidos.
g) Proyectos de parques temáticos, parques acuáticos
e implementación de proyectos turísticos sostenibles.
3) OBJETIVOS:
a) Promover y ejecutar proyectos de alcance
interdistrital
b) Procurar mejores niveles de eciencia y ecacia
en la gestión municipal para la prestación de servicios
públicos locales (o servicios sociales locales)
c) Gestionar recursos nancieros para la ejecución de
proyectos de desarrollo económico, productivo, cultural y
social.
d) Implementar las normas de transparencia, rendición
de cuentas y acceso a la información.
Artículo Tercero.- Aprobar el Estatuto de la
Mancomunidad Municipal de los Distritos de Cerro Azul,
Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San Luis y San
Vicente de Cañete, raticando el contenido en el Acta de
Constitución, el Estatuto que como Anexo forma parte de
la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Delegar las competencias y
funciones a la Mancomunidad Municipal de los Distritos
de Cerro Azul, Imperial, Nuevo Imperial, Quilmanà, San
Luis y San Vicente de Cañete, las cuales se detallan a
continuación:
a) Concertar con Instituciones del sector público y
privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución
de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo
económico del distrito.
b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de
las obras de infraestructura urbana o rural que sean
indispensable para el desenvolvimiento de la vía del
vecindario, la producción, el comercio, el transporte y la
comunicación en el distrito, tales como pistas o calzadas,
vías, puentes, parques, mercados, canales de irrigación
locales comunales y obras similares, en coordinación con
la municipalidad provincial respectiva.
c) Facilitar y participar en los espacios de concentración
y participación ciudadana para la planicación, gestión y
vigilancia de los programas locales de desarrollo social,
así como de apoyo a la población en riesgo.
d) Proveer el servicio de limpieza pública
determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y
el aprovechamiento industrial de desperdicios.
e) Administrar el servicio de agua potable, alcantarillado
y desagüe.
Artículo Quinto.- Raticar la designación del Sr
CELESTINO YACTAYO VILLALOBOS, en el cargo
de Presidente del Consejo Directivo y del Sr. PEDRO
JOSE CARLOS BUSTAMANTE SALAZAR, en el cargo
de Gerente General de la Mancomunidad Municipal,
de conformidad a los acuerdos señalados en el Acta de
Constitución de fecha 18 de Setiembre del 2012.
Artículo Sexto.- Encargar a Secretaria General la
difusión y Publicación de la presente Ordenanza en el
Diario Ocial El Peruano y en el Portal Institucional de la
Municipalidad Distrital de Imperial-Cañete.
Artículo Sétimo.- La presente ordenanza entrara en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EDDY CÉSAR DEL MAZO TELLO
Alcalde
1064490-1
Otorgan beneficio de regularización
tributaria y no tributaria en la
jurisdicción del distrito de Imperial -
Cañete
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 003-2014-MDI
Imperial, 11 de Marzo de 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE IMPERIAL-CAÑETE

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