Ordenanza Nº 05-2014-GRP-CRP - Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional de Puno

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición 7 de Julio de 2014
El Peruano
Lunes 7 de julio de 2014
527120
Que, en sesión celebrada el 31 de marzo de 2014, la
Junta Obligatoria Anual de Accionistas del BBVA Banco
Continental aprobó los programas marco y sus respectivas
emisiones y/o emisiones singulares de obligaciones hasta
un monto máximo en circulación de USD 4 800 000
000.00 (Cuatro mil ochocientos millones y 00/100 dólares
americanos) y/o su equivalente en moneda nacional u
otras monedas. Asimismo, la mencionada Junta General
acordó delegar en el Directorio la facultad de decidir la
oportunidad y número de los programas marco y sus
respectivas emisiones y/o emisiones singulares, el
monto, el tipo, y en general las demás condiciones de
cada emisión, así como la clase de obligaciones que se
emitirán;
Que, en sesión de Directorio celebrada el 31 de
marzo de 2014, se aprobó el “Tercer Programa de
Certificados de Depósitos Negociables del BBVA
Banco Continental”, a emitirse bajo las leyes de
la República del Perú, hasta por un monto de USD
150 000 000.00 (Ciento cincuenta millones y 00/100
dólares americanos) o su equivalente en nuevos
soles, con una vigencia de seis (6) años a partir de
la inscripción en la Superintendencia del Mercado de
Valores; acordándose además facultar a determinados
directores y funcionarios para que, de manera conjunta
o individual, puedan realizar los trámites destinados
a obtener las autorizaciones correspondientes y
en general, suscribir todos los documentos que se
requieran para el cumplimiento de dicho acuerdo, sin
ninguna reserva ni limitación;
Que, el BBVA Banco Continental ha cumplido
con presentar la documentación requerida por el
procedimiento N° 25 “Opinión favorable sobre emisión
en serie de instrumentos nancieros para empresas del
Sistema Financiero y de Seguros”, del Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA);
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Bancaria “A” y el Departamento de Supervisión
de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones; y
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General y sus modicatorias; y en uso de las facultades
delegadas mediante Resolución SBS N°746-2010;
RESUELVE:
Artículo Único.- Opinar favorablemente para que el
BBVA Banco Continental lleve a cabo un programa de
emisiones de instrumentos representativos de deuda,
denominado “Tercer Programa de Certicados de
Depósitos Negociables del BBVA Banco Continental”,
bajo las leyes de la República del Perú, hasta por un
monto de USD 150 000 000.00 (Ciento cincuenta
millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente
en nuevos soles, y una vigencia de seis (06) años,
conforme a los términos acordados por la entidad y
dentro del plazo que a tal efecto determinó su Directorio
en virtud de la facultad otorgada por su Junta Obligatoria
Anual de Accionistas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE
Superintendente Adjunto de Banca y Micronanzas
1106184-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Aprueban Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Gobierno Regional
de Puno
ORDENANZA REGIONAL
Nº 05-2014-GRP-CRP
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE PUNO
VISTO:
En el Consejo Regional del Gobierno Regional Puno,
en Sesión Extraordinaria llevada a cabo el día trece de
mayo del 2014, se ha debatido y aprobado la Ordenanza
Regional siguiente; y,
CONSIDERANDO:
que la descentralización es una forma de organización
democrática y constituye una política permanente del
Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo
fundamental el desarrollo integral del país; con este
propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, el Consejo Regional de Puno tiene atribuciones
de normar la organización interna del Gobierno Regional
a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con
el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867; asimismo
el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM,
establece que las entidades deben aprobar su TUPA, en
el caso de los Gobiernos Regionales mediante Ordenanza
Regional.
Que, la Política Nacional de Modernización de la
Gestión Pública aprobada mediante Decreto Supremo
Nº 004-2013-PCM, así como el Plan de Simplicación
Administrativa establece como objetivo, implementar
la gestión por procesos y promover la simplicación
administrativa en todas las entidades públicas a n
de mejorar resultados positivos en la mejora de los
procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos y
empresas.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM,
aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación
del TUPA en el marco de la Ley Nº 27444 y reconocen
dos tipos de procedimientos, los correspondientes a los
procedimientos administrativos y servicios prestados
en exclusividad y se establecen disposiciones para
el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo;
con Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM se aprueba
la Metodología de Determinación de Costos de los
Procedimientos Administrativos y Servicios prestados
en exclusividad el que es de uso obligatorio en los
procesos de elaboración y/o modicación del TUPA y
a través del Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM se
aprueba la Metodología de Simplicación Administrativa,
proceso a través del cual se busaca eliminar exigencias
y formalidades que se consideran innecesarias en los
procedimientos que realiza la ciudadanía para lo cual se
utiliza un modelo estandarizado.
Que, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimientos
Administrativo General, en su artículo 37º, establece
que todos los Procedimientos administrativos, requisitos,
condiciones y costos administrativos, deben ser
considerados y sistematizados en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA de cada entidad;
asimismo en su artículo 38º, numeral 38.3, modicado por
Ley Nº 29091, establece que el TUPA es publicado en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE, y en
el Portal Institucional.
Que, mediante, Ocio 1305-2013-GR PUNO/
GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a
Gerencia General Regional la propuesta del Texto Único
de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno
Regional Puno, sustentado con Informe Nº 152-2013/
GRP/GRPPAT – SGRDI, emitido por la Subgerencia de
Racionalización y Desarrollo Institucional, el mismo que
ha realizado el consolidado a nivel del Pliego Regional
los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados
en Exclusividad del Texto Único de Procedimientos
Administrativos, aplicando la Metodología de Simplicación
Administrativa, aprobada por Decreto Supremo Nº 007-
2011-PCM, y la Metodología de determinación de costos
conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 064-2010-
PCM, utilizando el Aplicativo Informático elaborado por la
Presidencia del Consejo de Ministros; la propuesta del
TUPA del Gobierno Regional contiene 413 Procedimientos
Administrativos y 41 Servicios prestados en exclusividad
y 05 tomos de sustento de costos de los Procedimientos

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