Res. Nº 1859-2014-JNE - Convocan a ciudadanos para que asuman provisionalmente los cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Angasmarca, provincia de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad

EmisorOrganos Autonomos
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2014
El Peruano
Sábado 18 de octubre de 2014 535165
Quispe como alcalde de la Municipalidad Provincial de
Azángaro, departamento de Puno, por estar incurso en la
causal establecida en el artículo 25, numeral 5 de la Ley
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Walter Cotacallapa
Álvarez, con Documento Nacional de Identidad 01556198
para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la
Municipalidad Provincial de Azángaro, departamento de
Puno para lo cual se le otorgará la respectiva credencial.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Marciana Gonzales
Mamani, con Documento Nacional de Identidad Nº 01540685,
para que asuma provisionalmente el cargo de regidora de la
Municipalidad Provincial de Azángaro, departamento de Puno,
para lo cual se le otorgará la respectiva credencial.
Artículo Cuarto.- REMITIR copias fedateadas del
proceso penal incoado contra Efraín Murillo Quispe al
Concejo Provincial de Azángaro al Concejo Provincial de
Azángaro, conforme lo establecido en el considerando 8
de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1152134-3
Convocan a ciudadanos para que
asuman provisionalmente los cargos de
alcalde y regidora de la Municipalidad
Distrital de Angasmarca, provincia de
Santiago de Chuco, departamento de
La Libertad
RESOLUCIÓN Nº 1859-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-02045
ANGASMARCA - SANTIAGO DE CHUCO - LA
LIBERTAD
Lima, dieciocho de agosto de dos mil catorce.
VISTO el Ocio Nº 82-2014-MDA-A, presentado el 8 de
agosto de 2014 por Tomás Parimango Rojas, alcalde de la
Municipalidad Distrital de Angasmarca, provincia de Santiago
de Chuco, departamento de La Libertad, comunicando la
licencia, sin goce de haber, que le fue concedida.
CONSIDERANDOS
1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº
26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden
ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores
y funcionarios de los poderes públicos, así como de los
organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades,
si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de
2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma
que gozará de ecacia a partir del 5 de setiembre de 2014,
treinta (30) días antes de la fecha de elecciones.
2. Esta disposición también es de aplicación para
el caso de los alcaldes, que quieran ser candidatos en
las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que,
conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha
26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas
funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto
popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se
expresa en el precedente considerando.
3. Con fecha 3 de julio de 2014 (fojas 02), Tomás
Parimango Rojas, alcalde de la Municipalidad Distrital de
Angasmarca, con motivo de su participación en las Elecciones
Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, sin goce
de haber, siendo esta concedida mediante el Acuerdo de
Concejo Municipal Nº 40-2014-CM/MDA, de fecha 31 de
julio de 2014 (fojas 08 a 10), por el periodo comprendido
entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014.
4. Teniendo en consideración que el alcalde Tomás
Parimango Rojas, presentó su solicitud de licencia dentro
del plazo previsto, la misma que fue aprobada por el
concejo municipal y en cumplimiento de las disposiciones
establecidas en la Resolución 0140-2014-JNE,
procede convocar al primer regidor Guadalupe Dionicio
Ulloa Trujillo, identicado con Documento Nacional de
Identidad Nº 19705147, para que asuma inmediatamente
por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté
vigente la licencia concedida a su titular.
5. Asimismo, para completar el número de regidores,
de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo
corresponde convocar al regidor suplente, respetando
la precedencia establecida en su propia lista electoral,
y, en el supuesto de no quedar sucientes candidatos,
se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo
ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio,
correspondiendo convocar a Asunción Lucila Otiniano
Urbano, identicada con Documento Nacional de
Identidad Nº 19704525, candidata no proclamada del
partido político Alianza para el Progreso, conforme a la
información remitida por el Jurado Electoral Especial de
Sánchez Carrión, con motivo de las Elecciones Regionales
y Municipales del año 2010.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la
credencial otorgada a Tomás Parimango Rojas, alcalde
de la Municipalidad Distrital de Angasmarca, provincia
de Santiago de Chuco, departamento de La Libertad,
con motivo de las Elecciones Regionales de 2014, por el
periodo de la licencia concedida.
Artículo Segundo.- CONVOCAR a Guadalupe Dionicio
Ulloa Trujillo, identicado con Documento Nacional de
Identidad Nº 19705147, para que asuma provisionalmente
el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de
Angasmarca, provincia de Santiago de Chuco, departamento
de La Libertad, mientras esté vigente la licencia concedida a
Tomás Parimango Rojas, otorgándosele la correspondiente
credencial que lo faculta como tal.
Artículo Tercero.- CONVOCAR a Asunción Lucila
Otiniano Urbano, identicada con Documento Nacional de
Identidad Nº 19704525, para que asuma provisionalmente
el cargo de regidora del Concejo Distrital de Angasmarca,
provincia de Santiago de Chuco, departamento de La
Libertad, mientras dure la encargatura de Guadalupe
Dionicio Ulloa Trujillo, otorgándosele la correspondiente
credencial que la faculta como tal.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1152134-4
Convocan a ciudadana para que asuma
el cargo de regidora del Concejo Distrital
de San Pedro de Pilas, provincia de
Yauyos, departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 1868-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-02002

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR