Ordenanza Nº 045-2014-CR/GOB.REG.TACNA - Declaran de interés regional la promoción e implementación de la alimentación saludable de los niños y adolescentes en edad escolar en la Región Tacna

EmisorGobiernos Regionales
Fecha de la disposición18 de Octubre de 2014
El Peruano
Sábado 18 de octubre de 2014 535179
siguiente: “(...) 4.2.2.- Calidad del Aire: (…); f) Promover
el cumplimiento de la normatividad vigente a través de los
sectores involucrados para la reducción de los niveles de
contaminación sonora, electromagnética, vibraciones y
radiaciones no ionizantes en la Región Tacna”.
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM,
se aprueba el “Reglamento de Estándares Nacionales de
Calidad Ambiental para Ruido”, en su artículo 4 expresa:
“De los Estándares Primarios de Calidad (ECA) establecen
los niveles máximos de ruido en el ambiente que no deben
excederse para proteger la salud humana. (…)”
Que, mediante Ocio Nº 062-2014-RVM-CR/GOB.REG.
TAC de fecha 30 de mayo del 2014 emitido por el Consejero
Regional Rafael Vargas Málaga se remite la propuesta de
ordenanza regionalDECLARAR DE INTERES REGIONAL Y
NECESIDAD PUBLICA LA ELABORACION DE ESTUDIOS
SOBRE LOS EFECTOS NOCIVOS QUE OCASIONA LA
CONTAMINACION SONORA EN LA SALUD AMBIENTAL
DE LA REGION TACNA”.
Que, la contaminación sonora es un factor ambiental
muy importante, que incide de forma principal en la calidad
de vida de las personas. El ruido es una consecuencia
directa no deseada de las propias actividades que se
desarrollan en las grandes ciudades. La expresión
contaminación acústica o sonora, hace referencia al ruido
cuando excede los estándares establecidos por norma, es
decir, la exposición a un sonido molesto puede producir
efectos sobre grupos de personas y la salud individual,
siológica y psicológica, pudiendo ocasionar malestar y
fastidio, dolores de cabeza, estrés, pérdida de audición,
irritabilidad exagerada y otros asociados; por lo que,
se hace necesario la elaboración de estudios sobre los
efectos nocivos que ocasiona la contaminación sonora en
la salud ambiental de la Región Tacna.
Que, con el Ocio Nº 1852-2014-EEPASO-DESA-
DR-DRS.T/GOB.REG.TACNA emitido por la Dirección
Regional de Salud de Tacna; con el ocio Nº 481-2014-
GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA e informe Nº 014-2014-
JVMJ-MIA-GRRNyGMA/GOB.REG.TACNA, emitidos por
la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del
Medio Ambiente; el ocio Nº 093-2014-SGGAS-GSPL-A/
MPT de fecha 08 de agosto del 2014 emitido por la Sub
Gerencia de Gestión Ambiental y Salud de la Municipalidad
Provincial de Tacna y demás documentación anexada,
se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta
normativa.
Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales
y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional del
Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir
el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 006-2014-CR-
CORNyGMA de fecha 12 de setiembre del 2014, a través
del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional:
“DECLARAR DE INTERES REGIONAL Y NECESIDAD
PUBLICA LA ELABORACION DE ESTUDIOS SOBRE
LOS EFECTOS NOCIVOS QUE OCASIONA LA
CONTAMINACION SONORA EN LA SALUD AMBIENTAL
DE LA REGION TACNA”, dictamen que se puso a
consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión
Extraordinaria de fecha 18 de setiembre del 2014.
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a
sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas,
debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal
a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, modicada por las Leyes Nos. 27902, 28013,
28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno
del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria
de la fecha, ha aprobado por mayoría la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- DECLARAR de interés regional
y necesidad pública la elaboración de estudios sobre los
efectos nocivos que ocasiona la contaminación sonora en
la salud ambiental de la región Tacna.
Artículo Segundo.- ENCARGAR al órgano
ejecutivo regional del Gobierno Regional de Tacna,
para la implementación, ecacia y mejor cumplimiento
de la presente ordenanza regional a través de la
Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional
de Tacna, deberá asignar el presupuesto necesario y
suciente a la Dirección Regional de Salud Tacna y a
la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión
del Medio Ambiente, para la realización de los estudios
indicados en el artículo primero.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional
de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, a la
Dirección Regional de Educación, a la Dirección Regional de
Salud del Gobierno Regional de Tacna en coordinación con
la Municipalidades Provinciales y Distritales de la Región de
Tacna, para que de forma unicada realicen seminarios, charlas
informativas, capacitaciones y demás actividades de difusión
para sensibilizar a la población sobre la Contaminación Sonora
en la Región de Tacna. Asimismo fomentar la participación de
las Universidades y Voluntariado Ambiental de la Región de
Tacna en las actividades de sensibilización.
Artículo Cuarto.- EXHORTAR a las Municipalidades
Provinciales y Distritales de la Región de Tacna, la
realización de constantes actividades de scalización en
cada jurisdicción, con la nalidad de prevenir el incremento
de nivel de contaminación sonora en la Región. Asimismo
la implementación de sonómetros y calibración de los
mismos ante INDECOPI.
Artículo Quinto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo
Regional la celebración de convenios de cooperación
interinstitucional para la implementación de la presente
Ordenanza Regional
Artículo Sexto.- DISPONER que la presente
Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente
de su publicación en el Diario Ocial El Peruano.
Artículo Sétimo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente
Ordenanza Regional en el Diario Ocial El Peruano
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la
disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la
Gerencia General Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día dieciocho de setiembre
del dos mil catorce.
PABLO HUACASI PARQUI
Presidente (E)
Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, notique, difunda y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al
día 10 OCT. 2014
TITO GUILLERMO CHOCANO OLIVERA
Presidente del Gobierno Regional de Tacna
1151059-4
Declaran de interés regional la
promoción e implementación de la
alimentación saludable de los niños
y adolescentes en edad escolar en la
Región Tacna
ORDENANZA REGIONAL
Nº 045-2014-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna,
con fecha dieciocho de setiembre del dos mil catorce, en
Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza
Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo
2 prescribe: “Toda persona tiene derecho: 1. A la vida, a
su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a
su libre desarrollo y bienestar (…)”. Asimismo, respecto
a la competencia de los gobiernos regionales el artículo
192 establece: “(...) g) Promover y regular actividades y/
o servicios en materia de (...) educación, salud y medio
ambiente, conforme a ley.”

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