ACUERDO Nº 001-2015/MDCLR - Declaran en emergencia económica, financiera, técnica, administrativa y sanitaria al Concejo Municipal de Carmen de la Legua - Reynoso

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición15 de Enero de 2015
El Peruano
Jueves 15 de enero de 2015
547794
de 2014, el Concejo Municipal estableció benecios para el
pago de deudas tributarias y no tributarias en el distrito de
San Luis, teniendo sus correspondientes ampliaciones.
Que, es política de la actual Gestión apoyar a los
contribuyentes y administrados para cumplir con sus
obligaciones tributarias y no tributarias, lo cual, además,
ayudaría en asegurar el nivel de recaudación, por lo que
resulta conveniente prorrogar el plazo de vigencia de la
ordenanza N°180-2014-MDSL;
En uso de las facultades conferidas por la Ley N°
27972- Ley Orgánica de Municipalidades, El Concejo
Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite
de lectura y aprobación del acta, aprueba la siguiente
Ordenanza:
Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la
ordenanza N°180-2014-MDSL que Aprueba Benecios
Tributarios y No Tributarios en el distrito de San Luis,
hasta el 31 de Enero de 2015
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de
lo dispuesto en la presente Ordenanza a las Gerencias
de Rentas, Administración y Finanzas y a la Subgerencia
Imagen y Participación Vecinal su difusión.
Artículo Tercero.- CUMPLIR la presente ordenanza
que rige a partir del día siguiente de su publicación en el
diario ocial El Peruano conforme a ley.
Artículo Cuarto.-FACULTAR al Alcalde, para que
mediante Decreto de Alcaldía, disponga la prórroga de
la vigencia de los alcances señalados en la presente
Ordenanza
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RONALD EULOGIO FUERTES VEGA
Alcalde
1188006-1
MUNICIPALIDAD DE CARMEN
DE LA LEGUA REYNOSO
Declaran en emergencia económica,
financiera, técnica, administrativa
y sanitaria al Concejo Municipal de
Carmen de la Legua - Reynoso
ACUERDO DE CONCEJO
N° 001-2015-MDCLR
Carmen de la Legua-Reynoso, 1 de Enero del 2015
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo, celebrado en
la fecha, los Informes N° 001-2015-GM/MDCLR de la
Gerencia Municipal, y Nº 001-2015-GAL-MDCLR de la
Gerencia de Asesoría Legal, de fecha 01 de enero de
2015, respectivamente, en relación al estado situacional
de la corporación municipal, declaración de emergencia,
corte de gestión y ejecución de examen de auditoría, a n
de determinar las responsabilidades.
CONSIDERANDO:
Que, las municipalidades son personas jurídicas de
derecho público que gozan de autonomía económica,
política y administrativa en los asuntos de su competencia,
conforme a lo establecido en el artículo 194° de la
Constitución Política del Estado, en concordancia con
lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la
Ley Orgánica de Municipalidades aprobado por la Ley N°
27972.
Que, la Gerencia Municipal presenta al Despacho de
Alcaldía el Informe N° 001-2015/GM-MDCLR, sobre estado
situacional de la corporación municipal, declaración de
emergencia, corte de gestión y ejecución de examen de
auditoría, a n de poder determinar las responsabilidades
del caso, señalando lo siguiente:
1. Conforme se advierte del Informe s/n de la
Comisión de Transferencia, de fecha 30 de diciembre del
2014, sustentado en el informe de rendición de cuentas
presentado por el ex alcalde Daniel Almanzor Lecca
Rubio, en las actas de validación de información adicional
suscrita por ella, y en los informes presentados por la
citada Comisión, se tiene una apreciación inicial sobre el
estado de los recursos y servicios municipales.
2. Enriquece la apreciación situacional, los informes de
las respectivas áreas competentes y que acompañan al
presente documento, destacando –por su gravedad- siete
áreas que constituyen la piedra angular de los servicios
municipales, a saber:
a) Gerencia de Desarrollo Urbano
• Los libros de registro de documentos no se encuentran
actualizados, solo registraban documentos hasta el mes
de agosto del 2014, asimismo no señalan cuáles fueron
los resultados de los mismos.
• El libro de resoluciones de la gerencia no guarda
correlación respectiva y tiene muchos espacios en
blanco, que en muchos casos ocupan páginas enteras.
Esta situación hace imposible constatar qué expedientes
cuentan con resolución y cuáles han sido atendidos con
código de SNIP.
Se desconoce la cantidad y contenido de los
expedientes técnicos y estudios técnicos de pre inversión
elaborados.
• Se desconoce las obras y servicios ejecutados en los
ejercicios anteriores.
• De la inspección realizada al proyecto “Programa
Mejoramiento Integral de Barrios” – Mejoramiento de
la infraestructura vial en 10 calles de los sectores de
Reynoso, Carmen de la Legua, Nuevo Reynoso y Mirones
Bajo / Carmen de la Legua Reynoso Callao, distrito de
Carmen de la Legua Reynoso – Callao – SNIP N° 247784
se constató falta de continuidad en la ejecución de las
obras, las cuales se encuentran en estado de abandono,
atentando contra la seguridad peatonal de los habitantes
de los sectores del distrito.
b) Gerencia de Seguridad Ciudadana
Para la operatividad del servicio de seguridad
ciudadana se necesita mínimamente de 168 serenos,
habiéndose encontrado solamente 31 serenos.
• La cobertura del servicio demanda de 69 efectivos
policiales, no existiendo a la fecha ninguno.
• No existe ninguna unidad móvil operativa.
• El sistema de video vigilancia se encuentra inoperativo
por obsolescencia del hardware y software instalado.
El sistema de comunicaciones es insuciente
y obsoleto, necesitándose unidades modernas y
operativas.
• Respecto al apoyo logístico, no se cuenta con
uniformes ni material de ocina.
• Se ha detectado la ocupación de vías públicas por el
incremento del comercio informal ambulatorio, estimado
en 50 %, lo que pone en peligro la salud pública y las vías
de evacuación en caso de siniestro.
• Por otra parte, el incremento del servicio de vehículos
menores informales acrecienta la inseguridad en el
distrito.
c) Gerencia de Saneamiento Ambiental y Sanidad
• El promedio de residuos sólidos de origen doméstico
que se genera en el distrito es de 35 toneladas diarias;
esto supone tener que contar con tres (03) unidades
compactadoras de 10 m3, un (01) cargador frontal, un
(01) volquete y 40 trabajadores; sin embargo, efectuada
la constatación in situ advertimos que no se cuenta con
la maquinaria indispensable, los recursos humanos
idóneos, ya que si bien la planilla de trabajadores
aparece ostensiblemente incrementada, en realidad son
trabajadores administrativos que han sido incorporados
en esta planilla con nes eminentemente políticos.
• Se ha tomado conocimiento de la existencia de
un contrato con la empresa Representaciones del

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