DECRETO LEGISLATIVO, Nº 1183, PODER EJECUTIVO, DECRETOS LEGISLATIVOS - Decreto Legislativo que aprueba la Ley que establece las competencias para la implementación y gestión de los Centros de Atención en Frontera-DECRETO LEGISLATIVO-Nº 1183
Fecha de disposición | 12 Agosto 2015 |
Fecha de publicación | 12 Agosto 2015 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
Que, mediante Ley Nº 30335, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia administrativa, económica y financiera, por el término de noventa (90) días calendario;
Que, en ese sentido el literal b) del artículo 2 del citado dispositivo legal, establece la facultad de legislar sobre facilitar el comercio, doméstico e internacional, y establecer medidas para garantizar la seguridad de las operaciones de comercio internacional;
Que, en dicho marco, resulta conveniente aprobar disposiciones destinadas a establecer las competencias institucionales para acordar la implementación y gestión de los Centros de Atención en Frontera bajo el criterio rector de contribuir a la facilitación y control del flujo de personas, medios de transporte y mercancías por las fronteras del Perú con los países limítrofes, a la vez que se garantiza la legalidad de los mismos;
De conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 2 de la Ley Nº 30335 y el artículo 104 de la Constitución Política del Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:
La presente norma tiene por objeto establecer las competencias institucionales para acordar la implementación y gestión de los Centros de Atención en Frontera bajo el criterio rector de contribuir a la facilitación y control del flujo de personas, medios de transporte y mercancías por las fronteras del Perú con los países limítrofes, a la vez que se garantiza la legalidad de los mismos.
Para efectos del presente Decreto Legislativo se entenderá por:
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Paso de frontera.- Lugar convenido, como resultado de negociaciones entre el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y su homólogo de cualquier otro país limítrofe, para habilitar en ellos el ingreso y salida legal del territorio nacional, de personas, medios de transporte y mercancías.
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Centros de Atención en Frontera (CAF).- Conjunto de instalaciones que se localizan en una porción del territorio nacional, cercano a uno o más pasos de frontera, que incluye rutas de acceso, recintos, equipos y mobiliarios necesarios para la...
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