DECRETO SUPREMO, Nº 005-2016-EF, PODER EJECUTIVO, ECONOMIA Y FINANZAS - Disponen reajuste de pensiones percibidas por pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 20530, de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 28449 y Ley Nº 28789 y autorizan transferencia de partidas-DECRETO SUPREMO-Nº 005-2016-EF

Fecha de disposición20 Enero 2016
Fecha de publicación20 Enero 2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 28449, Ley que establece las nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, dispone que las pensiones percibidas por beneficiarios que hayan cumplido sesenta y cinco (65) años o más de edad y cuyo valor no exceda el importe de dos (2) Unidades Impositivas Tributarias vigentes en cada oportunidad, serán reajustadas al inicio de cada año mediante decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta las variaciones en el costo de vida anual y la capacidad financiera del Estado;

Que, de acuerdo al tercer párrafo del artículo 1 de la Ley Nº 28789, Ley que precisa la tercera disposición transitoria de la Ley Nº 28449, ley que establece nuevas reglas del régimen de pensiones del Decreto Ley Nº 20530, se dispone que el valor anualizado de las pensiones para efecto de determinar el monto máximo mensual y del reajuste de pensiones de cesantía, invalidez y sobrevivencia del régimen de pensiones regulado por el Decreto Ley Nº 20530 es de veintiocho (28) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que corresponda el pago de la pensión;

Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 397-2015-EF, durante el año 2016 el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) será de TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 3 950,00);

Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática ha publicado el porcentaje de inflación anual acumulada a diciembre de 2015, siendo este de 4,40%;

Que, tomando en cuenta la capacidad financiera del Estado, se ha establecido la posibilidad de otorgar un reajuste en las pensiones equivalente a TREINTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 38,00);

Que, el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, aprobado mediante la Ley Nº 30372, ha previsto en la Reserva de Contingencia los recursos necesarios para la atención del reajuste de las pensiones percibidas por los pensionistas del régimen del Decreto Ley Nº 20530, de aquellas entidades cuyas planillas se financian con fondos del Tesoro Público, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos pliegos hasta por la suma de OCHENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS Y 00/100...

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