RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 925-2015-MTC/03, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Aprueban transferencia de autorización otorgada por R.VM. Nº 542-2009-MTC/03 a favor de la empresa Cadena Regional de Ancash S.R.L.-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 925-2015-MTC/03

Fecha de disposición31 Diciembre 2015
Fecha de publicación18 Enero 2016

Lima, 31 de diciembre de 2015

VISTO, el escrito de registro Nº 2015-040243 del 01 de julio de 2015, presentado por el señor PABLO SATURNINO HUAYANEY FIGUEROA, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 542-2009-MTC/03, a favor de la empresa CADENA REGIONAL DE ANCASH S.R.L.;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 542-2009-MTC/03 del 09 de noviembre de 2009, se otorgó al señor PABLO SATURNINO HUAYANEY FIGUEROA, autorización por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Recuay – Cátac, departamento de Ancash;

Que, con escrito de Visto, el señor PABLO SATURNINO HUAYANEY FIGUEROA, solicita la transferencia de la autorización que le fuera otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 542-2009-MTC/03, a favor de la empresa CADENA REGIONAL DE ANCASH S.R.L.;

Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada;

Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de...

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