ACUERDO, Nº 056-2015-GR-LL/CR, GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD - Autorizan transferencias de vehículos dados de baja del Proyecto Especial Chavimochic, en calidad de donación, a favor de institución educativa y diversas municipalidades-ACUERDO-Nº 056-2015-GR-LL/CR

Fecha de disposición21 Diciembre 2015
Fecha de publicación18 Enero 2016

Trujillo, 21 de diciembre del 2015

AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA A TÍTULO GRATUITO MEDIANTE LA MODALIDAD DE DONACIÓN, DE UN VEHÍCULO - BIEN MUEBLE DADO DE BAJA DE PROPIEDAD DE PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC MEDIANTE RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 155-2014-GRLL-PRE/PECH DE FECHA 04 DE AGOSTO DEL 2014, VALORIZADO EN LA SUMA TOTAL DE S/. 1.00 UN NUEVO SOL, A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE SEMAN, DISTRITO DE GUADALUPE, PROVINCIA DE PACASMAYO, REGIÓN LA LIBERTAD.

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 21 de Diciembre del 2015; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional, relativo “Autorizar la Transferencia a título gratuito, mediante la modalidad de Donación, de un VEHÍCULO de bien mueble dado de baja de propiedad del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC mediante Resolución Gerencial N° 155-2014-GRLL-PRE/PECH de fecha 04 de agosto del 2015 valorizado en la suma total de S/. 1.00 Un Nuevo Sol, a favor de la Municipalidad del Centro Poblado de SEMAN- Distrito de Guadalupe, Provincia de Pacasmayo, Región la Libertad”, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú de 1993, prescribe que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional; fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; asimismo son competentes para administrar sus bienes y rentas;

Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo y respectivamente, establece que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal. Los Gobiernos Regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;

Que, los Gobiernos Regionales son competentes para administrar sus bienes y rentas. Asimismo, son atribuciones del Consejo Regional, autorizar la transferencia de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Gobierno Regional, de conformidad con lo...

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