DECRETO DE ALCALDIA.Nº 017.Reglamento de la Ordenanza Nº 1778 Gestión Metropolitana de Residuos Sólidos Municipales.SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Reglamento de la Ordenanza Nº 1778 Gestión Metropolitana de Residuos Sólidos Municipales (Aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 017) Sábado 9 de enero de 2016 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE G... -

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2016
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Reglamento de la Ordenanza
Nº 1778 Gestión Metropolitana de
Residuos Sólidos Municipales
(Aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 017)
Sábado 9 de enero de 2016
AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU
1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
Sábado 9 de enero de 2016 /
El Peruano
574972 NORMAS LEGALES
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 017
Lima, 30 de diciembre de 2015
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
Visto el Informe Nº 008-2015-MML-GSCGA de fecha 17 de diciembre de 2015, de la Gerencia de Servicios a la
Ciudad y Gestión Ambiental, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Asimismo, de acuerdo a los artículos 6°, 20, inciso 6, y 42° de esta misma norma, la alcaldía es el órgano
ejecutivo de gobierno local, siendo el alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa,
con atribución para dictar decretos de alcaldía, a través de los cuales establece normas reglamentarias y de
aplicación de las ordenanzas;
Que, el artículo 154° de la Ley N° 27972, preceptúa que la Municipalidad Metropolitana de Lima ejerce
jurisdicción, en las materias de su competencia, sobre las municipalidades distritales ubicadas en el territorio de
la provincia de Lima. Asimismo, el numeral 6.2 del inciso 6) del Artículo 161º, le asigna competencia en materia
de saneamiento ambiental para organizar el Sistema Metropolitano de Tratamiento y Eliminación de Residuos
Sólidos, Limpieza Pública y actividades conexas, así como para controlar su e caz funcionamiento;
Que, la Ley N° 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, modi cada por Decreto Legislativo N° 1065, establece
los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto para asegurar una
gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de
minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana;
Que, conforme el marco legal citado en los considerandos que anteceden, se aprobó la Ordenanza Nº 1778
– Gestión Metropolitana de Residuos Sólidos Municipales, estableciendo el marco normativo que rige dicha
gestión en la provincia de Lima, determinando las responsabilidades de las personas naturales y jurídicas que
generen residuos sólidos y de las que desarrollan actividades vinculadas a la gestión de los residuos sólidos;
Que, en la Primera Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 1778, concordante con la Primera
Disposición Final de la Ordenanza N° 1915, se establece que mediante Decreto de Alcaldía se aprobará su
Reglamento;
Que, mediante Informe N° 008-2015-MML-GSCGA del 17 de diciembre de 2008, la Gerencia de Servicios a
la Ciudad y Gestión Ambiental, presenta la propuesta de “Reglamento de la Ordenanza N° 1778 – Gestión
Metropolitana de Residuos Sólidos Municipales”, la cual cuenta con la opinión técnica favorable de la Gerencia
de Plani cación, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Transporte Urbano, Gerencia de Fiscalización
y Control y Gerencia de Desarrollo Urbano, así como la opinión legal favorable de la Gerencia de Asuntos
Jurídicos;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades y de conformidad con las disposiciones de la Ordenanza N° 1778;
DECRETA:
Artículo 1.- Deróguese el Decreto de Alcaldía N° 147 de fecha 10 de diciembre de 2001, que aprobó el
“Reglamento de la Ordenanza N° 295 - Sistema Metropolitano de Gestión de Residuos Sólidos”.
Artículo 2.- Aprobar el Reglamento de la Ordenanza Nº 1778 - Gestión Metropolitana de Residuos Sólidos
Municipales y sus modi catorias, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto y está conformado por
noventa y ocho (98) artículos, una (1) Disposición Transitoria, cuatro (4) Disposiciones Complementarias y dos
(2) Anexos.
Artículo 3.- El texto del presente Decreto y el Reglamento aprobado serán publicados en el diario o cial El
Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
El Peruano / Sábado 9 de enero de 2016 574973
NORMAS LEGALES
REGLAMENTO DE LA ORDENANZA Nº 1778
GESTIÓN METROPOLITANA DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES
ÍNDICE
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°.- Finalidad
Artículo 2°.- Ámbito de Aplicación
Artículo 3°.- Residuos Sólidos del Ámbito Municipal
TÍTULO II: ORGANIZACIONES Y ROLES
CAPÍTULO I: FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ACTORES
Artículo 4°.- Actores de la Gestión y Manejo de los Residuos Sólidos
Artículo 5°.- Roles de las Municipalidades
Artículo 6°.- Obligaciones de los Generadores de Residuos Sólidos
Artículo 7°.- Operadores de Residuos Solidos
Artículo 8°.- Obligaciones de los Operadores
CAPÍTULO II: DE LOS PLANES MUNICIPALES DE RESIDUOS SÓLIDOS
Artículo 9°.- Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos – PIGARS
Artículo 10°.- Metodología para la Elaboración del PIGARS
Artículo 11°.- Contenido del PIGARS
Artículo 12°.- Plan Distrital de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos – PDGARS
Artículo 13°.- Contenido de los PDGARS
Artículo 14°.- Plazo de Elaboración y Aprobación de los PDGARS
Artículo 15°.- Seguimiento, Evaluación y Actualización del PDGARS
Artículo 16°.- Plan Operativo Anual (POA)
TÍTULO III: MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES
CAPÍTULO I: GENERACIÓN, ALMACENAMIENTO Y SEGREGACIÓN
Artículo 17°.- Generación de los Residuos Sólidos Municipales
Artículo 18°.- Exceso de Volumen
Artículo 19°.- Almacenamiento de Residuos Sólidos
Artículo 20°.- Características de los Recipientes de Almacenamiento
Artículo 21°.- Código de Colores para el Almacenamiento de los Residuos
Artículo 22°.- Almacenamiento en Viviendas Unifamiliares
Artículo 23°.- Almacenamiento en Viviendas Multifamiliares y Comercios
Artículo 24°.- Almacenamiento en Centros Comerciales, Mercados y Similares
Artículo 25°.- Almacenamiento en Ferias, Paraditas y Similares
CAPÍTULO II: LIMPIEZA DE ESPACIOS PÚBLICOS
Artículo 26°.- Barrido de Espacios Públicos
Artículo 27°.- Equipamiento para el Barrido de Espacios Públicos
Artículo 28°.- Baldeo de Espacios Públicos
Artículo 29°.- Equipamiento para Baldeo
CAPÍTULO III: RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE
Artículo 30°.- Recolección y Transporte
Artículo 31°.- Vehículos Convencionales
Artículo 32°.- Características Generales de los Vehículos Convencionales
Artículo 33°.- Características Especí cas de los Vehículos Convencionales
Artículo 34°.- Recolección y Transporte con Vehículos no Convencionales
Artículo 35°.- Vehículos no Convencionales
Artículo 36°.- Reserva Técnica de Vehículos
Artículo 37°.- Procedimiento en Emergencias, Desperfectos e Imprevistos
Artículo 38°.- Rutas de los Servicios de Recolección de Residuos
Artículo 39°.- Recolección Selectiva de Residuos Reaprovechables
CAPÍTULO IV: TRANSFERENCIA
Artículo 40°.- Transferencia
CAPÍTULO V: TRATAMIENTO
Artículo 41°.- Tratamiento
CAPÍTULO VI: DISPOSICIÓN FINAL
Artículo 42°.- Disposición Final
Artículo 43°.- Rellenos Sanitarios
Artículo 44°.- Rellenos de Seguridad

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