ORDENANZA.Nº 332-MDCH y Acuerdo Nº 404.Ordenanza que aprueba los Arbitrios de Limpieza Pública (Barrido de Calles y Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el Año 2016.MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ACUERDO DE CONCEJO Nº 404 ORDENANZA Nº 332-MDCH ORDENANZA QUE APRUEBA LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA (BARRIDO DE CALLES Y RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDO... -

EmisorGobiernos Locales
Fecha de la disposición31 de Diciembre de 2015
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 404
ORDENANZA Nº 332-MDCH
ORDENANZA QUE APRUEBA
LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA
PUBLICA (BARRIDO DE CALLES
Y RECOLECCION DE RESIDUOS
SOLIDOS), PARQUES Y JARDINES Y
SERENAZGO PARA EL AÑO 2016
Jueves 31 de diciembre de 2015
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573256 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2015 /
El Peruano
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 404
Lima, 17 de diciembre de 2015
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 17 de diciembre del 2015, el O cio Nº 001-090-00008044, de la
Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de rati cación de la Ordenanza Nº 332-
MDCH, de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, que establece el régimen tributario de los arbitrios municipales de
limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos sólidos), parques y jardines, y serenazgo, correspondiente
al ejercicio 2016, en esa jurisdicción; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,
las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati cadas por las
municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad.
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533, modi cada por la Ordenanza Nº 1833, de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, publicadas el 27 de junio de 2011 y el 19 de diciembre de 2014, respectivamente, la Municipalidad
Distrital recurrente aprobó la Ordenanza materia de la rati cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria,
incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad
en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Nº 266-181-00000304, opinando
que procede la rati cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con
las Ordenanzas Nº 1533, Nº 1833 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011; debiéndose
efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O cial El Peruano y en el portal institucional.
Que, la Ordenanza materia de rati cación mantiene las disposiciones técnicas establecidas para el ejercicio 2015,
considerando la aplicación de los mismos costos y tasas previstos para dicho ejercicio, previamente reajustados con la
variación del Índice de Precios al Consumidor al mes de agosto de 2015 (3.40%).
De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria-SAT, y por la Comisión Metropolitana de
Asuntos Económicos y Organización, en el Dictamen Nº 218-2015-MML/CMAEO.
ACORDÓ:
ARTÍCULO PRIMERO.- Rati car la Ordenanza Nº 332-MDCH, de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, que
establece el régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública (barrido de calles y recolección de residuos
sólidos), parques y jardines, y serenazgo, correspondiente al ejercicio 2016, en esa jurisdicción distrital.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rati catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento
de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2015, así como del texto íntegro de la Ordenanza rati cada incluido su
Informe Técnico. La aplicación de la Ordenanza materia de la presente rati cación, sin la condición antes señalada, es
de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha Municipalidad Distrital.
ARTÍCULO TERCERO.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria-SAT,
a través de su página web www.sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo y el Informe Técnico del
Servicio de Administración Tributaria-SAT.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
ORDENANZA Nº 332-MDCH
Chaclacayo, 28 de setiembre de 2015
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHACLACAYO
VISTO: En la sesión ordinaria de concejo el Informe Nº 079-2015/GATYR/MDCH, de la Gerencia de Administración
Tributaria y Rentas por el cual remite “Proyecto de Ordenanza que Aprueba los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública
(Recolección de Residuos Sólidos), Parques y Jardines y Serenazgo para el año 2016 y el Informe Nº 288-2015-GAJ/
MDCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

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