RESOLUCION VICE MINISTERIAL, Nº 820-2015-MTC/03, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicios de radiodifusión por televisión en VHF en localidades de los departamentos de Ayacucho, Cusco y Ancash-RESOLUCION VICE MINISTERIAL-Nº 820-2015-MTC/03

Fecha de disposición09 Diciembre 2015
Fecha de publicación28 Diciembre 2015
SecciónSección Única

Lima, 9 de diciembre de 2015

VISTO, el Expediente Nº 2014-043693, presentado por el señor RANDY MUÑOZ ASMAT, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Chiquián, departamento de Ancash;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses;

Que, el artículo 10° de la Ley de Radio y...

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