ORDENANZA.Nº 1921.Ordenanza que establece montos de los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo, correspondientes al Ejercicio 2016, en el Cercado de Lima.SEPARATA ESPECIAL ORDENANZA Nº 1921 ORDENANZA QUE ESTABLECE MONTOS DE LOS ARBITRIOS DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, BARRIDO DE CALLES, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO, CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2016, EN EL CERCADO DE LIMA Jueves 24... -

Fecha de disposición24 Diciembre 2015
Fecha de publicación24 Diciembre 2015
SEPARATA ESPECIAL
ORDENANZA N° 1921
ORDENANZA QUE ESTABLECE
MONTOS DE LOS ARBITRIOS DE
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS,
BARRIDO DE CALLES, PARQUES Y
JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO,
CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO
2016, EN EL CERCADO DE LIMA
Jueves 24 de diciembre de 2015
AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN
1825-2015. LA HISTORIA PARA CONTAR
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Jueves 24 de diciembre de 2015 / El Peruano
569436 NORMAS LEGALES
El Peruano / Jueves 24 de diciembre de 2015 569437
NORMAS LEGALES
ORDENANZA Nº 1921
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 17 de diciembre de 2015, el Dictamen Nº 213-2015-MML-CMAEO, de la
Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y organización;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE ESTABLECE MONTOS DE LOS ARBITRIOS DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, BARRIDO DE
CALLES, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2016 EN EL
CERCADO DE LIMA
Artículo Primero.- Objeto
El objetivo de la presente Ordenanza es establecer los montos de las tasas que deben pagar los contribuyentes del
Cercado de Lima por concepto de los servicios de recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines
públicos y serenazgo, correspondientes al ejercicio 2016.
Artículo Segundo.- Costo de los arbitrios
Las tasas aprobadas en la presente Ordenanza han sido calculadas de acuerdo con el costo de los servicios de
recolección de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines públicos y serenazgo, según se detalla en el Informe
Técnico que forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Los montos que se recauden por concepto de los arbitrios municipales, constituyen rentas de la Municipalidad y serán
destinados exclusivamente a f‌i nanciar el costo que demande la prestación de los servicios de recolección de residuos
sólidos, barrido de calles, parques y jardines públicos y serenazgo.
Artículo Tercero.- Informe Técnico
El Informe Técnico anexo a la presente Ordenanza, establece los costos proyectados de los servicios públicos que
brindará la Municipalidad Metropolitana de Lima en el ejercicio 2016, así como el esquema de distribución de los mismos
en aplicación de los criterios def‌i nidos para cada tipo de arbitrio.
Artículo Cuarto.- Criterios de distribución del costo del servicio de barrido de calles
El costo que demanda la prestación del servicio se distribuirá considerando los siguientes criterios:
- Zonas de servicio, en función al peso de barrido que presente cada una de las seis zonas en que se divide el Cercado
de Lima, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 1630.
- El uso del predio, en función al peso de barrido que presente cada uso de predio de conformidad con los usos
def‌i nidos en el Informe Técnico a que alude el artículo 3° de la presente Ordenanza.
- Peso de residuos sólidos barridos del frontis del predio, de acuerdo a la zona y uso del predio.
- Longitud del frontis del predio.
Artículo Quinto.- Criterios de distribución del costo del servicio de recolección de residuos sólidos
El costo que demanda la prestación del servicio se distribuirá considerando los siguientes criterios:
5.1. Para el caso de predios destinados a vivienda.
- Zonas de servicio, considerando el recojo de residuos sólidos que se efectúe en cada una de las seis
zonas en que se divide el Cercado de Lima, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº
1630.
- Uso de predio, de conformidad con los usos def‌i nidos en el Informe Técnico a que alude el artículo 3 de
la presente ordenanza.
- Peso de los residuos sólidos generados por el predio, de acuerdo a la zona y uso del predio.
- Tamaño del predio, def‌i nido como el área construida que presente el predio, expresada en metros
cuadrados.
- Número de habitantes del predio, expresado por el número promedio de habitantes por predio de las
seis zonas de servicio.

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