ACUERDO, Nº 384, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - Ratifican Ordenanza Nº 407-MSI de la Municipalidad de San Isidro que fija el monto por derecho de emisión mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios, correspondiente al ejercicio 2016-ACUERDO-Nº 384

Fecha de disposición10 Diciembre 2015
Fecha de publicación21 Diciembre 2015

Lima, 10 de diciembre de 2015

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 10 de diciembre de 2015, el Oficio Nº 001-090-00008007, de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza N° 407-MSI, de la Municipalidad Distrital de San Isidro, que fija el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución a domicilio de la declaración jurada, y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales, correspondiente al ejercicio 2016; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad;

Que, en aplicación de la Ordenanza Nº 1533, modificada por la Ordenanza N° 1833, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 27 de junio de 2011 y el 19 de diciembre de 2014, respectivamente, la municipalidad distrital recurrente aprobó la ordenanza materia de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe N° 266-181-00000277, opinando que procede la ratificación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533, modificada por la Ordenanza N° 1833, y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las publicaciones...

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