RESOLUCION JEFATURAL, Nº 390-2015-SUNARP-.Z.R. Nº IX/JEF, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Imponen a martilleros públicos la sanción de suspensión del ejercicio de sus funciones-RESOLUCION JEFATURAL-Nº 390-2015-SUNARP-.Z.R. Nº IX/JEF

Fecha de disposición23 Julio 2015
Fecha de publicación14 Diciembre 2015

Lima, 23 de julio de 2015.

VISTOS: La Hoja de Trámite 2014-037936-Z.R.NºIX/JEF del 31 de octubre de 2014, la Resolución Jefatural N°112-2015-SUNARP-Z.R.NºIX/JEF del 09 de marzo de 2015, el Dictamen Nº050-2015-SUNARP-Z.R.NºIX/UAJ del 13 de julio de 2015.

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Hoja de Trámite de la referencia, ingresó el oficio N°565-2014-Z.R.VI-SP/UREG mediante el cual, el Jefe de la Unidad Registral de la Zona Registral VI Sede Pucallpa Abogado Jesús Angel Lazo Pacheco, remitió a la Gerencia de Bienes Muebles el Oficio N°1063-2014-JPLM-CSJUC/PJ suscrito por el Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Manantay – Ucayali, haciendo de conocimiento lo resuelto por su despacho a través de la Resolución N°16 de fecha 22 de setiembre de 2014, con respecto a la subrogación del Martillero Público Wilder Quintana Chuquizuta en el proceso seguido por Caja de Ahorro y Crédito Huancayo contra Iván José Rodríguez Benites y Juver Sánchez Herrrera sobre Obligación de dar suma de dinero, debido a que el referido Martillero no cumplió con apersonarse al proceso;

Que, de acuerdo al artículo 105.1 de la Ley 27444, del Procedimiento Administrativo General, establece que todo administrado está facultado para comunicar a la autoridad competente aquellos hechos que conociera contrarios al ordenamiento, sin necesidad de sustentar la afectación de algún derecho o interés legítimo, ni que por esta actuación sea considerado sujeto del procedimiento;

Que, mediante constancia de notificación se acredita que el Martillero Público en mención fue notificado con la Resolución Jefatural N°112-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF, de fecha 09 de marzo de 2015; el día 19 de marzo de 2015 en su domicilio ubicado en Calle Boston N°168, Urbanización Santa Isabel, Trujillo. Sin que el Martillero Público haya efectuado su descargo;

Que, la Unidad de Asesoría Jurídica ha emitido el Dictamen de...

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