ORDENANZA, Nº 027-2015-MPH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA - Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Provincial de Huaura - Huacho-ORDENANZA-Nº 027-2015-MPH

Fecha de disposición30 Octubre 2015
Fecha de publicación01 Diciembre 2015

Huacho, 30 de octubre del 2015

Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza del Reglamento de Aplicación y Sanciones (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Provincial de Huaura; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º reconoce a las Municipalidades como órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto de nuestra Carta Magna, que guarda concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972.

Que, el artículo 74º de la Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúa que “Las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución y de fiscalización y control, en las medidas de su competencia, conforme a la presente ley y Ley de Bases de la Descentralización”.

Que, el artículo 15º de la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, prescribe que “Las competencias exclusivas y compartidas de cada nivel de gobierno son las establecidas en la presente Ley de conformidad con la Constitución Política del Estado. Las funciones y atribuciones se distribuyen y precisan a través de las Leyes Orgánicas del Poder Ejecutivo, de Gobiernos Regionales y de Municipalidades, respectivamente, distinguiendo las funciones de normatividad, regulación, planeamiento, administración, ejecución, supervisión y control, y promoción de las inversiones”. Asimismo, mediante su artículo 42º, se establecen las competencias municipales, las cuales son: planificar y promover el desarrollo urbano y rural de su circunscripción, y ejecutar los planes correspondientes, normar la zonificación, urbanismo, acondicionamiento territorial y asentamientos humanos, administrar y reglamentar los servicios públicos locales destinados a satisfacer necesidades colectivas de carácter local, aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal, entre otras.

Que, el artículo...

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