RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 096-2015-MTC/13, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Disponen la pre-publicación del documento denominado “Proyecto de Directiva que establece los Montos Mínimos Indemnizatorios de la Póliza de Seguros de Accidentes Personales y de Responsabilidad Civil frente a Terceros para los servicios de Transporte Fluvial y Turístico Acuático”, en el Portal Institucional del Ministerio-RESOLUCION DIRECTORAL-Nº 096-2015-MTC/13

Fecha de disposición13 Noviembre 2015
Fecha de publicación28 Noviembre 2015

Lima, 13 de noviembre de 2015

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 014-2006-MTC, del 04 de Junio de 2006, se aprobó el nuevo Reglamento de Transporte Fluvial, con el fin de establecer el ordenamiento administrativo y operativo de este modo de transporte, en función de un marco normativo que regule, promueva y controle sus actividades;

Que, por Decreto Supremo Nº 006-2011-MTC, del 04 de febrero de 2011, se aprobó el Reglamento de Transporte Turístico Acuático, con el fin de establecer el ordenamiento administrativo y operativo de este modo de transporte, en función de un marco normativo que regule, promueva y controle sus actividades;

Que, en los artículos 4º y 6º del Reglamento de Transporte Fluvial y el Reglamento de Transporte Turístico Acuático, respectivamente, se establece que los administrados que prestan transporte fluvial, sea de pasajeros, carga, mixto, de apoyo logístico propio o de apoyo social y del transporte turístico acuático, están obligadas a tener pólizas de seguros vigentes de accidentes personales que asegure a los pasajeros y a la tripulación de las embarcaciones y póliza de responsabilidad civil, conteniendo las coberturas señaladas en los citados artículos;

Que, asimismo en los mencionados artículos de los citados reglamentos se dispone que la Dirección General de Transporte Acuático mediante Resolución Directoral fijará los montos mínimos indemnizatorios de las pólizas de seguros antes mencionadas;

Que, los montos mínimos indemnizatorios para las coberturas de la póliza de accidentes personales para el transporte fluvial, fueron fijados mediante Resolución Directoral Nº 101-2002-MTC/15.15 (12.jun.2002), al amparo del Reglamento de Transporte Fluvial Comercial aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC (04.Feb.2001), el cual al haber sido derogado por el Reglamento de Transporte Fluvial aprobado por Decreto Supremo Nº 014.2006-MTC, hace necesario ratificar y/o actualizar dichos montos mínimos indemnizatorios, tanto para las coberturas de la póliza de accidentes personales, así como para la póliza de responsabilidad civil, a ser aplicados para el transporte fluvial y el transporte turístico acuático;

Que, de acuerdo a lo opinado por la Dirección de Actividad Naviera y el Área Legal de la Dirección General...

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