RESOLUCION MINISTERIAL, Nº 272-2015-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Modifican R.M. Nº 312-2014-PCM referente a delegación de facultades y atribuciones en materia de contrataciones del Estado

Fecha de disposición23 Noviembre 2015
Fecha de publicación25 Noviembre 2015

Lima, 23 de noviembre de 2015

VISTO: El Memorándum N° 1187-2015-PCM/OGA de la Oficina General de Administración; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 10 del artículo 19 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde al Presidente del Consejo de Ministros delegar en el Secretario General de la Presidencia del Consejo de Ministros o en otros funcionarios las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y modificatorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y modificatorias, contienen las reglas y parámetros legales que deberán considerar las entidades aludidas en el artículo 3 del citado Decreto Legislativo, con la finalidad de efectuar las contrataciones de los bienes, servicios y obras que requieran para el cumplimiento de sus funciones;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 del precitado Decreto Legislativo, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la Ley de Contrataciones del Estado, con excepción de la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 312-2014-PCM, y modificatorias, se delegó en el Secretario General facultades y atribuciones en materia de contrataciones del Estado que no son privativas de la función del Presidente del Consejo de Ministros;

Que, con el documento del visto, la Oficina General de Administración sustenta los motivos por los cuales se debe agilizar la convocatoria de los procesos de selección con la finalidad de lograr una eficaz ejecución de las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras, que permitan a la Presidencia del Consejo de Ministros cumplir con las funciones...

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