RESOLUCION, Nº 133-2015-CD/OSIPTEL, ORGANISMOS REGULADORES, ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES - Modifican cronograma del Procedimiento para la Revisión del Factor de Productividad Setiembre 2016 - Agosto 2019

Fecha de disposición19 Noviembre 2015
Fecha de publicación22 Noviembre 2015

Lima, 19 de noviembre de 2015.

[VER TABLA EN FICHERO ADJUNTO]

VISTO: El Informe N° 451-GPRC/2015 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, presentado por la Gerencia General, que recomienda modificar el cronograma del Procedimiento para la Revisión del Factor de Productividad Setiembre 2016 – Agosto 2019, contenido en el Anexo de la Resolución N°128-2015-CD/OSIPTEL; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 128-2015-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de octubre de 2015, se dispuso dar inicio al Procedimiento de Oficio para la Revisión del Factor de Productividad que se aplica en el Régimen Tarifario de Fórmula de Tarifas Tope estipulado en los Contratos de Concesión aprobados por Decreto Supremo N° 11-94-TCC y modificados por Decreto Supremo N° 021-98-MTC, de los que es titular la empresa Telefónica del Perú S.A.A., a fin de establecer el nuevo valor de dicho Factor que se aplicará a partir del 01 de setiembre de 2016;

Que, conforme a la política de transparencia con que actúa este organismo, y en mérito a las consideraciones señaladas en el Informe de VISTO, se considera razonable modificar el cronograma del Procedimiento para la Revisión del Factor de Productividad Setiembre 2016 – Agosto 2019, que fue publicado como Anexo de la citada Resolución 128-2015-CD/OSIPTEL;

En aplicación de las funciones señaladas en el inciso b) del...

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