DECRETO DE ALCALDIA, Nº 018-2015-DA/MDPP, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA - Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra

Fecha de disposición10 Noviembre 2015
Fecha de publicación15 Noviembre 2015
SecciónSección Única

Puente Piedra, 10 de noviembre del 2015

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA

VISTO: El Informe Nº 205-2015-GPP/MDPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, solicita adecuar el TUPA a la normatividad vigente, el Informe Legal Nº 356-2015-GAJ/MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 5 del Artículo 38º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos o incremento de derechos de tramitación, se debe realizar por Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Ordenanza Nº 199-MDPP y su modificatoria Ordenanza Nº 205-MDPP publicadas con fecha 24 de abril de 2013 se aprueban los Procedimientos y Servicios Administrativos brindados en exclusividad, Requisitos y Derechos de Tramite contenidos en el TUPA de la Municipalidad, siendo ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 539;

Que...

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