RESOLUCION ADMINISTRATIVA, Nº 608-2015-P-CSJLI-PJ, PODER JUDICIAL, CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA - Disponen que la Comisión de Fortalecimiento de la Especialidad Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, se encargue del monitoreo y evaluación de la correcta implementación del D. Leg. Nº 1194, e incorporan integrante a dicha comisión
Fecha de disposición | 04 Noviembre 2015 |
Fecha de publicación | 04 Noviembre 2015 |
Sección | Sección Única |
Presidencia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 608-2015-P-CSJLI-PJ
VISTO:
La Resolución Administrativa Nº 460-2015-P-CSJLI-PJ de fecha 07 de setiembre de 2015, la Resolución Administrativa Nº 467-2015-P-CSJLI-PJ, de fecha 9 de setiembre de 2015 y la Resolución Administrativa Nº 315-2015-CE-PJ de fecha 14 de octubre de 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1194 – que Regula el Proceso Inmediato en Casos de Flagrancia – establece su entrada en vigencia a nivel nacional a los (90) días de su publicación en el diario oficial El Peruano, es decir a partir del 01 de diciembre de 2015.
Que, siendo así, este despacho considera necesaria la designación de una Comisión encargada de evaluar y monitorear la implantación del Decreto Legislativo Nº 1194; debiendo estar integrada por Magistrados de la especialidad Penal, encargándosele, realizar el análisis para la adecuada implementación del Decreto Legislativo Nº 1194, emitiendo sugerencias y recomendaciones a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, en aras de brindar un eficiente servicio de impartición de Justicia;
Que, mediante resolución administrativa Nº 460-2015-P-CSJLI-PJ de vistos, se conforma la Comisión de Fortalecimiento de la Especialidad Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima – estando integrada por Jueces Superiores de la especialidad-, con el propósito de optimizar su funcionamiento, en aras de brindar al usuario de la administración de justicia un servicio oportuno y eficaz; encargándole a la Comisión el análisis y estudios sobre el particular y –en su momento- emitir recomendaciones y sugerencias a la Presidencia de la Corte Superior;
Que, mediante resolución administrativa Nº 467-2015-P-CSJLI-PJ de vistos; se resuelve incorporar a dicha comisión a Jueces de primera instancia de la especialidad;
Que, mediante el inciso b) del artículo primero de la resolución administrativa 315-2015-CE-PJ de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone la conformación de una comisión de trabajo en cada Distrito Judicial para la implementación y seguimiento del Decreto Legislativo Nº 1194, que deberá de...
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