RESOLUCION DIRECTORAL, Nº 4697-2015-MTC/15, PODER EJECUTIVO, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - Autorizan ampliación de local a la empresa Carreteras Seguras S.A.C., autorizada mediante R.D. Nº 2142-2013-MTC/15 como Escuela de Conductores Integrales

Fecha de disposición16 Octubre 2015
Fecha de publicación06 Noviembre 2015

Lima, 16 de octubre de 2015

VISTOS:

El Parte Diario Nº 143726 y 167158, presentado por la empresa denominada CARRETERAS SEGURAS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – CARRETERAS SEGURAS S.A.C.; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Directoral Nº 2142-2013-MTC/15 de fecha 23 de mayo de 2013 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04 de julio de 2013, se otorgó autorización a la empresa denominada CARRETERAS SEGURAS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – CARRETERAS SEGURAS S.A.C., para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, con R.U.C. Nº 20551446728 y con domicilio ubicado en la Av. Samuel Alcázar Nº 979, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima;

Que, mediante Parte Diario Nº 143726 de fecha 20 de agosto de 2015, La Escuela solicita la ampliación del local de su sede principal para funcionar en la Av. Samuel Alcázar Nº 985, distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima;

Que, mediante Oficio Nº 5582-2015-MTC/15.03 de fecha 11 de septiembre de 2015, notificado el 12 de septiembre del mismo año, esta Administración formuló observaciones para que se precise la información señalada en la solicitud de autorización presentada, sobre la plana docente y la flota vehicular propuesta, sobre la disponibilidad del equipo psicosensométrico, sobre la memoria descriptiva, sobre la declaraciones juradas y el horario de clases propuesto, para lo cual en atención a lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 132º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, a fin de que subsane la observaciones advertidas;

Que, mediante Parte Diario Nº 167158 de fecha 26 de septiembre de 2015, La Escuela cumple con levantar las observaciones formuladas con el Oficio antes mencionado;

Que, con Oficio Nº 5918-2015-MTC/15.03 de fecha 29 de septiembre de 2015, notificado el mismo día, se comunica a La Escuela que la diligencia de inspección ha sido programado para el día 05 de octubre de 2015, en las instalaciones del local propuesto por la citada Escuela;

Que, mediante Informe Nº 007-2015-MTC/15.03/AA.EC/jrp de fecha 06 de octubre de 2015, se adjunta el acta de inspección ocular realizada a las instalaciones del local;

Que, el literal b) del numeral 7.2 del artículo 7º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte...

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