LEY, Nº 30349, PODER LEGISLATIVO, CONGRESO DE LA REPUBLICA - Ley de creación del distrito de Villa Kintiarina en la provincia de La Convención del departamento de Cusco

Fecha de disposición15 Octubre 2015
Fecha de publicación15 Octubre 2015

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

Artículo 1 Objeto de la Ley

La presente Ley crea el distrito de Villa Kintiarina, con su capital Villa Kintiarina, en la provincia de La Convención del departamento de Cusco.

Artículo 2 Límites del distrito de Villa Kintiarina

Los límites territoriales del distrito de Villa Kintiarina son los siguientes:

POR EL NORTE

Limita con los distritos de Kimbiri y de Echarati.

El límite se inicia en la desembocadura del río Manitinkiari, que desemboca en el río Apurímac, en línea hacia el norte en el punto de coordenadas UTM 654 540 m E y 8 578 594 m N, el límite prosigue en dirección Noreste por el thalweg del río Manitinkiari, en el punto de coordenadas UTM 658 217 m E y 8 579 566 m N; el límite prosigue por el thalweg del río Marontuari hasta el punto de coordenadas UTM 659 592 m E y 8 580 930 m N, desde este punto el límite continúa por el thalweg del río Marontuari a una altura de 1800 m.s.m.n., en el punto de coordenadas UTM 660 690 m E y 8 582 274 m N, para continuar en dirección del thalweg del río Marontuari hasta una altura de 1950 m.s.m.n. en el punto de coordenadas UTM 661 616 m E y 8 582 350 m N y desde allí la línea del límite asciende hasta una altura de 2350 m.s.m.n., cerca de la cota 2505 en el punto de coordenadas UTM 663 018 m E y 8 581 658 m N, prosiguiendo por la divisoria de aguas hasta la cota 2617 en el punto de coordenadas UTM 665 718 m E y 8 579 760 m N, a partir de este punto el límite continúa en dirección general Este, por la divisoria de aguas hasta la altura de la naciente de un riachuelo sin nombre, en el punto de coordenadas UTM 670 084 m E y 8 578 538 m N.

POR EL ESTE

Limita con el distrito de Echarati.

El límite se inicia por los tributarios de la divisoria de las aguas que discurren hacia el río Apurímac, llegando a la cota 2351, el límite continúa en dirección Sureste por la divisoria de aguas hasta alcanzar el punto de coordenadas UTM 670 666 m E y 8 573 907 m N, llegando a la cota 2204, desde esta cota el límite bordea por la divisoria de aguas hasta la cota 2180 en el punto de coordenadas UTM 671 314 m E y 8 571 143 m N, desde este punto va en dirección a la cota 2294, en el punto de coordenadas UTM 672 103 m E y 8 569 473 m N, el límite...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR