ORDENANZA, Nº 290-2015-MDPH, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA - Aprueban el Nuevo Reglamento para la Prestación del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, Motorizados o No Motorizados del Distrito de Punta Hermosa

Fecha de disposición09 Octubre 2015
Fecha de publicación09 Octubre 2015

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE PUNTA HERMOSA

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA

VISTO:

El Concejo Municipal del Distrito de Punta Hermosa, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, visto el Informe Técnico Administrativo Nº 040-2015-GDSC-MDPH de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de fecha 20 de marzo de 2015, el Informe Legal Nº 087-2015-MDPH/AOJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia . De igual modo, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía de la Carta Magna establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, conforme lo dispone el Artículo 9º numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas.

Que, los Artículos 73º y 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, preceptúa que los Gobiernos locales son competentes en materia de tránsito, circulación y transporte público;

Que, mediante Ley Nº 27189, Ley del Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores se facultó a las Municipalidades Distritales a otorgar las autorizaciones para la prestación del mencionado servicio;

Que, la Ley Nº 27189, Ley de Transporte Público Especial de pasajeros en vehículos menores, en su Artículo 1º manifiesta que la Municipalidad Distrital tiene por objeto reconocer y normar el carácter y la naturaleza del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores, moto taxis y similares, complementario y auxiliar, como un medio de transporte vehicular terrestre;

Que, la Ley General Nº 27189, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, en su Artículo 15º señala a las Municipalidades, como autoridades competentes respecto al transporte y tránsito terrestre según...

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