DECRETO SUPREMO, Nº 071-2015-PCM, PODER EJECUTIVO, PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS - Dictan disposiciones para continuar con la suspensión de la ejecución de acciones a cargo de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI
Fecha de disposición | 17 Octubre 2015 |
Fecha de publicación | 17 Octubre 2015 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional – SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI, regula la finalidad, principios, organización, atribuciones, funciones, coordinación, control y fiscalización, que deben observar los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional;
Que, el artículo 16 del referido Decreto Legislativo, establece que la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI es un organismo público ejecutor, con personería jurídica de derecho público, autonomía administrativa, funcional y económica, que depende funcionalmente del Presidente de la República y se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, por Decreto Supremo N° 013-2015-PCM se declaró en reorganización la Dirección Nacional de Inteligencia – DINI, por el plazo de ciento ochenta (180) días calendario a partir de la entrada en vigencia de la acotada norma, con el objeto de fortalecer la rectoría del Sistema de Inteligencia Nacional, lograr mayores niveles de confianza en la ciudadanía y eficiencia en la producción de inteligencia en materia de seguridad nacional;
Que, para dicho efecto, el dispositivo invocado creó la Comisión Reorganizadora de Alto Nivel de la DINI con el objeto de evaluar y proponer las normas necesarias para la reorganización de la referida entidad en los aspectos de profesionalización, racionalización, y de modificación de los aspectos operativos, administrativos, técnicos normativos, procesos y de procedimientos;
Que, a través de la Resolución Suprema N° 067-2015-PCM se designaron a los integrantes de la Comisión Reorganizadora de Alto Nivel de la DINI, la cual fue reconformada posteriormente con la Resolución Suprema N° 147-2015-PCM;
Que, en cumplimiento del encargo, la mencionada Comisión Reorganizadora ha presentado el Informe Final donde detalla la evaluación realizada a la DINI y ha formulado diversas recomendaciones para coadyuvar con su reforzamiento institucional, las que merecen evaluarse en aras de una adecuada, transparente y progresiva aplicación;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario que, en tanto se realicen las acciones señaladas en el considerando precedente y se concluya con la aprobación de la nueva Ley de la...
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