RESOLUCION, Nº 124-2015-INGEMMET/PCD, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO - Modifican la Res. Nº103-2014-INGEMMET/PCD que designó a la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil del INGEMMET

Fecha de disposición21 Octubre 2015
Fecha de publicación24 Octubre 2015

Lima, 21 de octubre de 2015

VISTOS:

El Memorando N°468-2015-INGEMMET/SG de fecha 15 de octubre de 2015, el Informe N°03-2015-INGEMMET/CTRSC del Presidente de la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil del INGEMMET, designada mediante Resolución de Presidencia N°103-2014-INGEMMET/PCD de fecha 03 de Setiembre 2014;

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal, conforme lo señalado en los Decretos Supremos Nº 035-2007-EM del 05 de julio del 2007 y Nº 058-2011-PCM del 05 de julio de 2011;

Que, mediante Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, se aprobó el nuevo régimen laboral del Servicio Civil, con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia, y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía a través de un mejor Servicio Civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;

Que, la Primera y Tercera de las Disposiciones Complementarias Transitorias de la Ley Nº 30057, establecen que las Entidades Públicas deberán transitar al nuevo régimen del Servicio Civil de manera progresiva, en un plazo máximo de seis (6) años, de acuerdo a las reglas, procesos y metodologías que aprueba la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR;

Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 160-2013-SERVIR/PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ha aprobado los “Lineamientos para el tránsito de una entidad pública al régimen del Servicio Civil, Ley Nº 30057”, que incluyen las siguientes etapas para su implementación: i) Preparación de la Entidad, ii) análisis situacional de la entidad; iii) aplicación de mejoras internas; y, iv) implementación del nuevo régimen;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 de los citados...

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