RESOLUCION DIRECTORAL N° 189-2014-BNP - Designan Directora del Sistema Administrativo III de la Dirección General de la Oficina de Administración de la Biblioteca Nacional del Perú

EmisorBIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2014
El Peruano
Martes 21 de octubre de 2014 535319
ORGANISMOS EJECUTORES
BIBLIOTECA NACIONAL
DEL PERÚ
Designan Directora del Sistema
Administrativo III de la Dirección
General de la Oficina de Administración
de la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 189-2014-BNP
Lima, 17 de octubre de 2014
La Directora Nacional (e) de la Biblioteca Nacional del
Perú,
VISTO, el Informe Nº 622-2014-BNP-OAL, de fecha
16 de octubre de 2014, emitido por la Dirección General
de la O cina de Asesoría Legal, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo
Público Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto
Supremo Nº 034-2008-PCM, rati cado por Decreto
Supremo Nº 058-2011-PCM, por el cual se aprobó la
cali cación de Organismos Públicos de acuerdo a lo
dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo;
Que, la Biblioteca Nacional del Perú es un Organismo
Público Ejecutor que se encuentra adscrito al Ministerio
de Cultura, en concordancia con el artículo 11 de la Ley
Nº 29565 “Ley de Creación del Ministerio de Cultura” y
con lo dispuesto por el inciso a) del Artículo Único de la
Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo
Nº 001-2010-MC “Decreto Supremo que aprueba fusiones
de Entidades y Órganos en el Ministerio”;
Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 4 del
Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca
Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo
Nº 024-2002-ED, la Entidad tiene autonomía técnica,
administrativa y económica que la facultan a organizarse
internamente, determinar y reglamentar los servicios
públicos de su responsabilidad;
Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 117-
2014-BNP, de fecha 30 de julio de 2014, se dispone
designar a la Economista Milagros Trillo Delfín, como
Directora General de la O cina de Administración de la
Biblioteca Nacional del Perú, Categoría Remunerativa
F-4, plaza Nº 060;
estipula lo siguiente:
“Artículo 40°.- La ley regula el ingreso a la carrera
administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades
de los servidores públicos. No están comprendidos en
dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos
políticos o de con anza. (…)”
Que, bajo la misma óptica, el artículo 2 de Ley de
Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones
del Sector Público, Decreto Legislativo Nº 276, señala lo
siguiente:
“Artículo 2. No están comprendidos en la Carrera
Administrativa los servidores públicos contratados ni
los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de
con anza, pero sí en las disposiciones de la presente Ley
en lo que les sea aplicable”.
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,
prescribe en su artículo 77º lo siguiente:
“Artículo 77. La designación consiste en el desempeño
de un cargo de responsabilidad directiva o de con anza por
decisión de la autoridad competente en la misma o diferente
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la
publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles
siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti cación sólo procederá mediante
la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda
revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de
Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo
el título “Dice” y a continuación la versión recti cada del mismo fragmento bajo el título “Debe
Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden
antes de consignar el siguiente error a recti carse.
4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste
podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCIÓN

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