RESOLUCION MINISTERIAL N° 427-2014-MEM/DM - Otorgan concesión temporal a favor de la empresa Abengoa Perú S.A., para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica que se realizará en el departamento de Ica

Fecha de disposición16 Octubre 2014
Fecha de publicación16 Octubre 2014
El Peruano
Jueves 16 de octubre de 2014
534814
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente resolución, serán con cargo al Presupuesto
de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del
Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor Javier Humberto Roca Fabián
Pasajes Aéreos : US $ 5 879,99
Viáticos (3 + 2 días) : US $ 1 925,00
Señor Roberto Ricardo De Urioste Samanamud
Pasajes Aéreos : US $ 8 649,61
Viáticos (9 + 2 días) : US $ 4 235,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado los viajes, las
citadas personas deberán presentar ante el Titular
de la Entidad, un informe detallado, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el
mismo plazo presentarán la rendición de cuentas por
los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de las personas
cuyos viajes se autorizan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
1150984-1
ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión temporal a favor
de la empresa Abengoa Perú S.A.
para desarrollar estudios a nivel de
factibilidad relacionados a la actividad
de generación de energía eléctrica que
se realizará en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 427-2014-MEM/DM
Lima, 19 de setiembre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 27350314 sobre otorgamiento
de concesión temporal para realizar estudios relacionados
con la actividad de generación de energía eléctrica de la
futura Central Eólica Parque Poroma, presentado por
ABENGOA PERÚ S.A., persona jurídica inscrita en la
Partida Nº 00381616 del Registro de Personas Jurídicas
de la Of‌i cina Registral de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, ABENGOA PERÚ S.A., mediante documento
con registro de ingreso Nº 2414167 de fecha 16 de julio
de 2014, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de
concesión temporal para realizar estudios relacionados
con la actividad de generación de energía eléctrica de
la futura Central Eólica Parque Poroma, al amparo de lo
dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo
Nº 009-93-EM;
Que, los estudios mencionados en el considerando
que antecede se desarrollarán en los distritos de Nazca
y Marcona, provincia de Nazca y departamento de Ica, en
la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD
56) que f‌i guran en el Expediente;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado y evaluado que la Empresa solicitante ha
cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe
Nº 494-2014-DGE-DCE;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23
el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo Nº 01 del Texto
Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio
de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº
061-2006-EM;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de
la empresa ABENGOA PERÚ S.A., que se identif‌i cará
con el código Nº 27350314, para desarrollar estudios
a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de
generación de energía eléctrica de la futura Central
Eólica Parque Poroma, para una capacidad instalada
estimada de 49,5 MW, los cuales se realizarán en los
distritos de Nazca y Marcona, provincia de Nazca y
departamento de Ica, por un plazo de veinticuatro (24)
meses contados a partir de la vigencia de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de
la presente concesión temporal, y comprenderán la zona
delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD
56):
VÉRTICE ESTE NORTE
1 491 000 8 342 000
2 499 000 8 342 000
3 499 000 8 336 000
4 491 000 8 336 000
Artículo 3º.- El concesionario está obligado a
realizar los estudios respetando las normas técnicas
y de seguridad, preservando el medio ambiente y
salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así
como el cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y
demás normas legales pertinentes.
De conformidad con el artículo 36 del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo
mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución,
el concesionario no cumpliera con las obligaciones
contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los
estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de
Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la
garantía otorgada.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano por una sola vez
y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas
1141794-1
PRODUCE
Designan Director Ejecutivo Científico
del Instituto Tecnológico de la
Producción - ITP
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 014-2014-PRODUCE
Lima, 15 de octubre de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 007-2014-
PRODUCE, publicada el 07 de agosto de 2014, se aceptó
la renuncia de la Directora Ejecutiva Científ‌i ca del Instituto
Tecnológico de la Producción – ITP resolviendo encargar,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR