ORDENANZA N° 1788 - Modifican plano de zonificación del Cercado de Lima aprobado por Ordenanza N° 893-MML
Fecha de publicación | 17 Mayo 2014 |
Fecha de disposición | 17 Mayo 2014 |
El Peruano
Sábado 17 de mayo de 2014 523463
d) Estudios y/o investigación socio-ambiental para la
identifi cación de zonas específi cas priorizados para el
control y vigilancia forestal
ESTRATEGIA I.2: ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL
LÍNEAS DE ACCIÓN:
a) Mecanismo de participación activa entre los tres
niveles de gobiernos
b) Mecanismo de estímulo a la legalidad
ESTRATEGIA I.3: SOCIALIZACIÓN
LÍNEAS DE ACCIÓN:
Diseño y desarrollo de talleres de capacitación a
funcionarios y actores involucrados
2. OBJETIVO ESTRATÉGICO II:
Promover el Manejo Forestal y de Fauna Silvestre en
marco de la legislación nacional y regional forestal y las
políticas establecidas por la Región.
ESTRATEGIA II.1: PROMOCIÓN PARA EL
DESARROLLO DE MANEJO FORESTAL SOSTENIBLE
LÍNEAS DE ACCIÓN:
a) Mecanismo de Identifi cación de Áreas de Producción
Forestal
b) Establecer la Plataforma de Manejo Forestal
Comunitario
c) Implementar Técnicas de Aprovechamiento
Sostenible
ESTRATEGIA II.2: PROGRAMAS DE
REFORESTACIÓN Y AGROFORESTERÍA CON
PARTICIPACIÓN CUIDADANA
LÍNEAS DE ACCIÓN:
a) Focalización de Núcleos Productivos Forestales
b) Apalancamiento del recurso fi nanciero para
desarrollar actividades de la reforestación
c) Formalización y Registro de las Plantaciones
Forestales
3. OBJETIVO ESTRATÉGICO III:
Promover un programa de educación ambiental, a
través de una comunicación y socialización participativa,
con la fi nalidad de evitar los posibles confl ictos socios
ambientales en el Ámbito de la Región.
ESTRATEGIA III.1: ADECUADA INTEGRACIÓN
DEL COMPONENTE FORESTAL EN PLANES DE
EDUCACIÓN AMBIENTAL
LÍNEAS DE ACCIÓN:
a) Adecuada Integración del Componente Forestal en
Planes de Educación Ambiental.
b) Adaptación e implementación del Programa de
Extensión Forestal.
ESTRATEGIA III.3: CONCIENTIZACIÓN EN
EDUCACIÓN AMBIENTAL
LÍNEAS DE ACCIÓN:
Programa de Desarrollo Concientización en Educación
Ambiental
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Ordenanza Regional a la Presidencia Regional,
Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de
Planeamiento y Presupuesto, quienes deberán emitir las
resoluciones y directivas correspondientes.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
General Regional del Gobierno Regional de San Martín
realice los trámites respectivos para la publicación de
la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor
circulación de la Región de San Martín y en el Diario
Ofi cial “El Peruano”, así como en el portal electrónico del
Gobierno Regional de San Martín, previa promulgación
del Presidente Regional del Gobierno Regional de San
Martín.
Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza
Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para
proceder a su implementación correspondiente.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de San Martín para su promulgación.
CYNTHIA IVONE HIDALGO VILLANUEVA
Presidenta Consejo Regional de San Martín
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
San Martín a los quince días del mes de abril del año dos
mil catorce.
POR TANTO:
Mando se publique y se cumpla.
JAVIER OCAMPO RUÍZ
Presidente Regional
1083420-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Modifican plano de zonificación
del Cercado de Lima aprobado por
Ordenanza Nº 893-MML
ORDENANZA N° 1788
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
DE LIMA;
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13 de
mayo de 2014 el Dictamen N° 18-2014-MML-CMDUVN de
la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda
y Nomenclatura.
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL
CERCADO DE LIMA APROBADO POR
ORDENANZA Nº 893-MML
Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación del
plano de zonifi cación del Cercado de Lima, provincia y
departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza
Nº 893-MML publicada en el Diario Ofi cial El Peruano
con fecha 27 de diciembre del 2005, y modifi cada por
Ordenanza Nº 1020-MML publicada el 13 de junio del
2007, como se detalla a continuación:
1.1 Modifi car la zonifi cación de Otros Usos (OU) a
Zona de Tratamiento Especial 2 (ZTE 2) a los pedidos
que forman parte de la propiedad del Monasterio de Las
Nazarenas, ubicado en la Av. Emancipación, donde vienen
funcionando un total de 9 tiendas y de Otros Usos (OU)
a Zona de Tratamiento Especial 3 (ZTE 3) a los predios
ubicados con frente al Jr. Huancavelica, donde funcionan
un total de 5 tiendas.
1.2 Precisar la zonifi cación de Otros Usos (OU)-
Mercado La Aurora.
Artículo Segundo.- Declarar desfavorables las
peticiones de cambio de zonifi cación del distrito del
Cercado de Lima, que a continuación se indican, por
cuanto no ameritan modifi car la califi cación vigente de los
sectores en los cuales se ubican:
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