Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala Civil Transitoria de 28 de Abril de 2000 (Expediente: 003346-1999)

Número de expediente003346-1999
Fecha28 Abril 2000
EmisorSala Civil Transitoria (Corte Suprema de Perú)

SALA CIVIL TRANSITORIA

CASACIÓN N° 3346-99

CALLAO

Lima, veintiocho de abril del dos mil.

La Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de

Justicia de la República, en la causa vista en audiencia pública en el día de

la fecha, emite la siguiente sentencia:

MATERIA DEL RECURSO

Se trata

del recurso de casación interpuesto por J.L.D., contra la

resolución de fojas ciento tres, expedida el doce de noviembre de mil

novecientos noventinueve, por Sala Civil de la Corte Superior de Justicia del

Callao, que confirma la resoluciór de fojas doscientos noventitrés que

confirma el auto apelado de fojas setentisiete, que deara improcedente la

demanda;

FUNDAMENTOS DEL RECURSO

El mencionado recurso ha sido

declarado procedente por cuanto se sustenta en la causal prevista en el

inciso tercero del artícuio trescientos ochentiséis del Código Procesal Civil,

acusando que las resoluciones expedidas en el proceso le niegan el derecho

a la tutela jurisdiccional efectiva, generándole daño económico y agravio,

asimismo, sostiene que el órgano jurisdiccional se niega a atender su pedido

y a dejar sin efecto una sentencia ilegal; además señala que la resolución

emitida por la Sala Superior ha contravenido lo dispuesto en el inciso quinto

del articulo ciento treintinueve de la Constitución Política del Estado, así

como lo dispuesto en el artícuo doce de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

ya que lejos de analizar los hechos expuestos, se ha limitado a reproducir los

fundamentos del auto apelado;

CONSIDERANDO

Primero

que,

habiéndose denunciado vicios in procedendo como fundamentación de los

agravios y atendiendo a sus efectos, es menester realizar el estudio de la

causal referida;

Segundo

que, el debido proceso, en su aspecto adjetivo,

constituye una garantía que integra, principios relativamente autónomos,

pero interdependientes; entre ellos, se encuentra el de ia tutela jurisdiccional,

que comprende tanto el derecho al ejercicio de la acción como a la

contradicción, sin que ello implique que el juzgador este obligado a amparar

todas las pretensiones;

Tercero

que, en el caso de autos, la actora

demanda la nulidad de la sentencia recaída en el proceso seguido en su

contra ante el Segundo Juzgado Civil del Callao, por C.C. SALA CIVIL TRANSITORIA

CASACIÓN N° 3346-99

CALLAO

C.F., sobre división y participación del inmueble ubicado en la

Avenida Ricardo Palma número ciento ocho guión ciento diez Urbanización

San Joaquin, Bellavista -- Callao, mediante la cual se cede el cincuenta por

ciento de los derechos y acciones sore el citado inmueble a la demandante

en dicho proceso;

Cuarto

que, en la presente causa, tanto el Juez de

primera instancia como el Superior Colegiado, han considerado que la

demanda es improcedente, emitiendo sus respectivos pronunciamientos en

atención a los actuados, dando por satisfecha la tutela jurisdiccional efectiva

y salvaguardando el derecho de defensa de las partes procesales;

Quinto

que, conforme lo señala la recurrente en su recurso, deben distinguirse las

sentencias ejecutables de aquellas que no lo son; ello, a efectos de

determinar ante cual de los supuestos previstos en el artículo ciento

setentiocho del Código Procesal Civil nos encontramos; asi, tenemos que la

sentencia recaida en el proceso de división y partición, cuya nulidad se

demanda, es una ejecutable, en tal virtud, corresponde situarnos en el primer

supuesto de la norma adjetiva antes, la misma que prevé que tratándose de

este tipo de sentencias, la demanda de nulidad de cosa juzgada fraudulenta

se interpondrá dentro de los seis meses de ejecutada la sentencia;

Sexto

que, en el caso sub materia, tal como lo expresa también la recurrente, dicha

sentencia aún no ha sido ejecutada, encontrándose la causa en el estado de

designar a los peritos respectivos; siendo esto así, la demanda interpuesta

en la presente causa, resulta ser prematura;

Séptimo

que, además, la

sentencia expedida en el proceso seguido sobre división y partición, es

incompatible con aquella que declara la nulidad del testamento de la

sucesión C.V., que le sirvió de sustento la misma que al dejar

sin efecto el citado testamento, genera una situación de sucesión intestada,

ante la cual la actora pueda hacer valer sus derechos en la forma prevista

por la ley;

Octavo

que, finalmente, el argumento esgrimido por la recurrente,

referido a la falta de motivación de la resolución de vista, carece de sustento,

en tanto, ésta reproduce los fundamentos del auto apelado, de SALA CIVIL TRANSITORIA

CASACIÓN N° 3346-99

CALLAO

conformidad con la facultad establecida en el artículo duodécimo de la

Ley Orgánica del Poder Judicial; SENTENClA: por las consideraciones

expuestas; y estando a lo establecido en el artículo trescientos noventisiete

del Código Procesal Civil, declararon: INFUNDADO el recurso de casación

interpuesto por J.L.D.; en consecuencia NO CASARON la

resolución de vista de fojas ciento tres, su fecha doce de noviembre de mil

novecientos noventinueve; CONDENARON a la recurrente al pago de la

multa de una unidad de referencia procesal; así como al pago de las costas y

costos originados en la tramitación del recurso; en el proceso seguido

porJosefina L.D. con C.C.C.F. y otra, sobre

nulidad de cosa juzgada fraudulenta; DISPUSIERON la publicación de la

presente resolución en el diario oficial "El Peruano", bajo responsabilidad; y los

devolvieron.

S.S.

URRELLO A.

SANCHEZ PALACIOS P.

CELIS Z.

ALVA S.

DEZA P

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex