Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Primera Sala Constitucional y Social Transitoria de 7 de Julio de 2000 (Expediente: 001429-2000)

Corte en Segunda InstanciaCORTE SUPERIOR DE ANCASH
Fecha07 Julio 2000
Número de expediente001429-2000
MateriaOTROS

Corte Suprema de Justicia de la República

Sala de Derecho Constitucional y Social

QUEJA N° 1429-2000

ANCASH

//ma, siete de julio del dos mil.-

VISTOS; y

CONSIDERANDO

Primero

- que,

el presente recurso de queja ha sido presentado sin adjuntar la correspondiente

tasa Judicial pese a que el recurrente no se encuentra exonerado según lo

dispone el artículo veinticuatro de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

modificado por la Ley veintiséis mil ochocientos cuarentiséis y posteriormente

por la Ley veintiséis mil novecientos sesentiséis;

Segundo

- que, respecto a lo

manifestado por el recurrente de que en su calidad de campesino se encuentra

en una precaria situación económica, se debe tener en cuenta que para dichos

casos la misma norma procesal citada en su artículo ciento setentinueve ha

previsto el auxilio judicial, el cual no fue utilizado por el recurrente;

Tercero

-

que, siendo ello así, al haberse incurrido en causal de inadmisibilidad, el

recurso debe ser rechazado en virtud a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos

cuatro del citado Código Procesal Civil; por estos fundamentos declararon

INADMISIBLE el recurso de queja de fojas uno interpuesto por el demandante

don E.A.V.; en los seguidos contra la Comunidad

Campesina Siete Imperios, sobre Mejor Derecho de Posesión; MANDARON

transcribir el texto de la presente resolución en la Corte de su procedencia;

A..-

S.S.

ALMEIDA P.

SEMINIARIO V.

ZEGARRA Z.

CELIS Z.

ALVA S.

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