Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Primera Sala Penal Transitoria de 16 de Abril de 2000 (Expediente: 001071-2001)

Corte en Segunda InstanciaCORTE SUPERIOR DE MADRE DE DIOS
Número de expediente001071-2001
Fecha16 Abril 2000
MateriaDELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PENAL TRANSITORIA

EXPEDIENTE No. 1071-2001

MADRE DE DIOS

//ma, dieciséis de abril del dos mil.-

VISTOS; de conformidad con el señor

F.S.; y

CONSIDERANDO

que, en el caso de autos se encuentra

acreditada la responsabilidad penal del justiciable Janzen Miguel Chávez

Melgarge, al haber recibido los bienes materia de embargo y ser instruido de sus

obligaciones en representación de su co procesado V.T.T.,

comprometiéndose a poner a disposición del juzgado los bienes embargados, lo

cual ha incumplido pese a los requerimientos efectuados; que, asimismo ha

permitido que su co procesado V.T.T. retire para su beneficio

los bienes embargados por lo que su conducta se encuadra dentro de los

alcances del primer párrafo del artículo trescientos ochentisiete del Código

Penal, concordante con el artículo trescientos noventidós de la citada norma, es

decir, peculado doloso, por lo que en tal sentido resulta pertinente incrementar la

pena; que, de otro lado, apreciándose de autos que la designación del órgano de

auxilio judicial no fue el más idóneo, lo que ha permitido que los bienes

embargados no hayan podido ser exhidos, por lo que existiría responsabilidad

funcional del Juez Mixto de Tambopata conforme a lo señalado en el artículo

seiscientos veintiséis del Código Procesal Civil, resulta pertinente remitir copias

del principal a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; por

lo que declararon: NO HABER NULIDAD en la sentencia recurrida de fojas

cuatrocientos cuarentiocho, su fecha trece de febrero del dos mil uno, que

condena a J.M.C.M. por el delito contra la

Administración Pública - peculado - entendiéndose en su figura dolosa; en

agravio de H.A.O.C.; que ,fija la reparación civil en dos

mil nuevos soles a favor de los agraviados sin perjuicio de restituir lo

indebidamente dado en custodia y reserva el juzgamiento contra V.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PENAL TRANSITORIA

EXPEDIENTE No. 1071-2001

MADRE DE DIOS

Tamashiro Teruya; M.: que la Sala Penal reitere las órdenes de captura

contra el citado acusado; HABER NULIDAD en cuanto al extremo que impone

a J.M.C.M. dos años de pena privativa de libertad,

suspendida por dos años como periodo de prueba; y R. le impusieron

tres años de pena privativa de libertad, suspendida condicionalmente por un

periodo de prueba de dos años; D.: se remitan copias del principal a la

Oficina de Control de la Magistratura a efecto que proceda de acuerdo a sus

atribuciones; NO HABER NULIDAD en los demás que contiene; y los

devolvieron.-

S.S.

CABALA ROSSAND

ESCARZA ESCARZA

HUAMANI LLAMAS

VIDAL MORALES

VEGA VEGA

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