Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala Penal Permanente de 4 de Diciembre de 2000 (Expediente: 000505-2000)

Corte en Segunda InstanciaCORTE SUPERIOR DE LIMA
Número de expediente000505-2000
EmisorSala Penal Permanente (Corte Suprema de Perú)
Fecha04 Diciembre 2000
MateriaDELITOS CONTRA LA TRANQUILIDAD PUBLICA

SALA PENAL

R.N. N° 505-2000

LIMA

Lima, cuatro de diciembre del dos mil.-

VISTOS; de conformidad con lo

dictaminado por el señor F.S.; por sus fundamentos y

CONSIDERANDO

además: que, del estudio de los actuados se tiene, que las imputaciones recaídas sobre el encausado M.P.J. no han sido corroboradas con prueba pertinente, conducente e idónea que permita sustentar los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público y sostener categóricamete uta sentencia condenatoria, habiéndose llevado a cabo clicha actividad probatoria con arreglo a las normas vigentes y a las principios que informan el debido proceso: declararon NO HABER NULIDAD en la sentencia recurrida de fojas trescientos setentiuno, su fecha siete de enero del dos mil, que absuelve a M.P.J. de la acusación fiscal por el delito de terrorismo en agravio del Estado; y reserva el proceso a A.R.S.A., S.P.R., G.P.R., J.L.O., O.P.J., J.I.M.G. y G.P.J., hasta que sean habidos; MANDARON que la Sala Penal Superior reitere las órdenes de captura impartidas en contra de los citados encausados; con lo demás que contiene; y los devolvieron.

S.S.

SERPA SEGURA

MONTES DE OCA BEGAZO

ALMENARA BRYSON

SIVINA HURTADO

CASTILLO LA ROSA SANCHEZ

eth.

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