Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Segunda Sala Penal Transitoria de 24 de Noviembre de 2000 (Expediente: 000279-1999)

Corte en Segunda InstanciaCORTE SUPERIOR DE CAJAMARCA
Número de expediente000279-1999
Fecha24 Noviembre 2000
MateriaDELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA

SALA PENAL "TID-E"

EXP. N.. 279-99

CAJAMARCA

//ma, veinticuatro de noviembre del año dos mil.-

VISTOS; de conformidad con lo dictaminado par el señor fiscal; y, por sus propios fundamentos: declararon NO HABER NULIDAD en la sentencia recurrida de fojas seiscientos diecinueve, su fecha veintidós de mayo del año dos mil que absuelve a C.D.R. y S.T.G.M. de la acusación fiscal por el delito de tráfico ilícito de drogas en agravio del Estado; Condena a C.U.A. y J.A.U.P. por delito de trafico ilícito de drogas en agravio del Estado a cuatro años de pena privativa de libertad suspendida condicionalmente por el plazo de prueba de dos años; fija en dos mil nuevos soles el monto que por concepto de reparación civil deberán pagar los citados sentenciados a favor del agraviado; con doscientos días multa para C.U.A. y doscientos cincuenta días multa para J.A.U.P., é inhabilitación por el término de dos años; reservaron el juzgamiento contra T.A.H., L.C.D., R.S.C.J., V.Q.M.A.Q.M., S.U.S. o S.V. y M.F.T., hasta que sean habidos; MANDARON que la Sala Penal superior reitere las órdenes de captura contra estos; asimismo reservaron el juzgamiento contra los reos libres H.S.C.J., F.S.C.J. y H.S.C.J. a quienes se les deberá notificar para su juzgamiento; bajo apercibimiento de ordenarse su captura; con lo demás que contiene; y, los devolvieron.-

S.S.

Saponara Milligan

Bacigalupo Hurtado

Paredes Lozano

Rojas Tazza

Gonzales López

rhlg

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