Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala Penal Permanente de 10 de Noviembre de 2000 (Expediente: 000385-1999)
Corte en Segunda Instancia | CORTE SUPERIOR DE LIMA |
Fecha | 10 Noviembre 2000 |
Emisor | Sala Penal Permanente (Corte Suprema de Perú) |
Número de expediente | 000385-1999 |
Materia | DELITOS CONTRA EL ORDEN FINANCIERO Y MONETARIO |
SALA PENAL-TID-E
EXP. N° 385-99
LIMA
/ / ma, diez de noviembre
del año dos mil.-
VISTOS; de conformidad con lo
dictaminado por el señor F.; y
CONSIDERANDO
que segán
se advierte del estudio de todo lo actuado, a fojas trescientos
sesenta y cuatro y cuatrocientos sesenta y siete,
respectivamente, se apertura instrucción y formula acusación
fiscal contra B.C.M., por el delito contra el
orden financiero y monetario -delito monetario- ilícito
perpetrado en agravio del Banco Central de Reserva del Perú;
sin embargo en el auto de enjuiciamiento de fojas cuatrocientos
setentidós se ha omitido pronunciarse al respecto; asimismo,
del propio auto se advierte que no ha sido autorizado por el
secretario de la Sala Superior; que tales irregularidades
originan la nulidad de la sentencia materia de grado conforme
lo preceptuado por el inciso primero del artículo doscientos
noventiocho del Código de Procedimientos Penales, modificado
por el Decreto Legislativo ciento veintiséis: declararon NULA la
sentencia recurrida de fojas quinientos setenta, su fecha
veintiocho de junio del año dos mil; DISPUSIERON ampliar el
auto de enjuiciamiento de fojas cuatrocientos setentidós, para
comprenderse también, a la encausada B.C.M.
por el delito contra el orden financiero y monetario -delito
monetario- en agravio del Banco Central de Reserva del Perú; y
fecho realice nuevo juicio oral; y por las irregularidades
advertidas: LLAMARON severamente la atención a los señores
Vocales Superiores doctores C.R.R., Edwin
Vásquez Puris y J.C.O.; IMPUSIERON la medida
disciplinaria de Apercibimiento a que se refiere el artículo
doscientos ocho de la Ley Orgánica del Poder Judicial al
Secretario-Relator doctor E.D.T.; en la
instrucción seguida contra Rocío
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SALA PENAL-TID-E
EXP. N° 385-99
LIMA
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V.Q.V. y otros por el delito de tráfico ilícito de
drogas en agravio del Estado; y los devolvieron.-
S.S.
Saponara Milligan
Bacigalupo Hurtado
Paredes Lozano
Rojas Tazza
Gonzales López
rhm.