Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Primera Sala Penal Transitoria de 5 de Junio de 2000 (Expediente: 000581-2000)

Corte en Segunda InstanciaCORTE SUPERIOR DEL CALLAO
Fecha05 Junio 2000
Número de expediente000581-2000
MateriaDELITOS CONTRA EL PATRIMONIO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PENAL TRANSITORIA

EXP. NRO 581 -2000

CALLAO

llma, cinco de junio del

dos mil.

VISTOS; de conformidad en parte con lo

dictaminado por el señor F.; y

CONSIDERANDO

que, uno de los requisitos que estabiece el artículo sesentidós del Código Penai para la aplicación de la reserva del fallo condenatorio, es que el delito esté sancionaáo con pena privafiva de libertad no mayor de tres aros o con multa'; es decir, que no opera cuando el delito está sancionado con penas conjuntas; que, el delito de receptación, previsto en el articuio ciento noventicuatro del Código Penai está reprimido con penas conjuntas: privativa de libertad y multa; vale decir, que en este tipo de delitos no resulta aplicable lo previsto en el artícufo sesentidós del Código Penal; que, sin embargo, el Colegiado, ha desnaturalizado su aplicación, al haber reservado el fallo condenatorio a los acusados A.P.C. y R.A.R.G., procesados por e! delito de receptación, vulnerando con ello el principio de iegalidad, e incurriendo en la causal de nulidad prevista en el inciso primero del artículo doscientos noventiocho del Código de Procedimientos Penaies: declararon NULA la sentencia recurrida de fojas quinientos noventa, su fecha veintiséis de octubre del dos mil; MANDARON se realice un nuevo juicio oral por otra Sala Penal Superior, teniendo en cuenta lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución; en la instrucción seguida contra ......Illf/llf!

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PENAL TRANSITORIA

EXP. NRO 581 -2000

CALLAO

-2

fllll..... F.S.P., y otros, por el delito contra el patrimonio -robo agravado y otros-en agravio de la Empresa Agencia Adventista para el Desarrollo y Recursos Asistenciales ADRA FASA del Perú; y los devolvieron.

SS.

SALAS GAMBOA

CARRILLO HERNANDEZ

BIAGGI GOMEZ

PADILLA MARTOS

SANTOS PEÑA

M

SANTOS PENA

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