DECRETO SUPREMO N° 103-2013-PCM - Modifican los artículos 41° y 95° del Reglamento General del OSINERGMIN y dictan otras disposiciones

Fecha de publicación05 Septiembre 2013
Fecha de disposición05 Septiembre 2013
El Peruano
Jueves 5 de setiembre de 2013
502262
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Modifican los artículos 41º y 95º del
Reglamento General del OSINERGMIN
y dictan otras disposiciones
DECRETO SUPREMO
Nº 103-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26734 se crea el Organismo
Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG,
como organismo público encargado de supervisar y
f‌i scalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y
técnicas relacionadas con los subsectores de electricidad
e hidrocarburos, así como el cumplimiento de las
normas legales y técnicas, referidas a la conservación y
protección del medio ambiente, en el desarrollo de dichas
actividades;
Que, la Ley Nº 27631, que modif‌i ca el literal c)
del artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los
Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los
Servicios Públicos, incluye dentro de los alcances de la
facultad normativa de los organismos reguladores en
materia sancionadora, aprobar la Escala de Sanciones
dentro de los límites máximos establecidos mediante
decreto supremo;
Que, la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de
Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisor
de la Inversión en Energía, se reitera la facultad
normativa de dicha entidad en materia sancionadora
en su calidad de organismo regulador, encontrándose
facultado a tipif‌icar los hechos y omisiones que
conf‌i guran infracciones administrativas, así como a
graduar las sanciones, sin que el dispositivo haga
referencia a limitaciones máximas para tal cometido
vía decreto supremo, además de dejar sin efecto toda
disposición que se opusiera a dicha Ley;
Que, la Ley Nº 28964, precisada con Ley Nº
29901, transfiere a OSINERGMIN competencias de
supervisión y fiscalización respecto de las disposiciones
legales y técnicas relacionadas a la seguridad de la
infraestructura en el sector minero, estableciendo que,
de conformidad con la Ley Nº 27699, corresponde al
Consejo Directivo establecer la Escala de Multas y
Sanciones por incumplimiento de las obligaciones en
dicho sector; y facultando adicionalmente al Consejo
Directivo a aprobar el procedimiento de ejecución
de decisiones y resoluciones de los órganos del
OSINERGMIN;
Que, la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional
de Evaluación y Fiscalización Ambiental, dispuso
la transferencia de las funciones de evaluación,
supervisión, f‌iscalización, control y sanción en materia
ambiental al Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental – OEFA; aprobándose mediante Decreto
Supremo Nº 001-2010-MINAM el inicio del proceso
de transferencia de las funciones entonces a cargo de
OSINERGMIN en materias de minería, hidrocarburos
en general y electricidad;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 048-2013-
PCM, se aprueba el Plan Nacional de Simplif‌i cación
Administrativa 2013-2016, que abarca dentro de sus
alcances a todas las entidades que conforman la
Administración Pública, señaladas en el artículo I del Título
Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo
General;
Que, en virtud de lo señalado, resulta conveniente
adecuar el marco normativo reglamentario de
OSINERGMIN a f‌i n que considere las funciones asignadas
en la normativa legal vigente, y permitir a dicha entidad
generar los incentivos necesarios para el cumplimiento de
las obligaciones a cargo de los agentes supervisados y
de los objetivos propuestos en el Plan de Simplif‌i cación
Administrativa;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del
DECRETA:
Artículo 1º.- Modif‌i cación de los artículos 41º y 95º
del Reglamento General del OSINERGMIN
Modifíquese los artículos 41º y 95º del Reglamento
General del Organismo Supervisor de la Inversión en
Energía y Minería, aprobado por Decreto Supremo
Nº 054-2001-PCM, los que quedan redactados de la
siguiente manera:
“Artículo 41.- Multas
En caso de incumplimiento de las obligaciones
legales, técnicas, aquellas derivadas de los
contratos de concesión o, las disposiciones dictadas
por OSINERGMIN, tipif‌i cadas como infracciones
administrativas, de conformidad con la legislación
vigente sobre hidrocarburos, electricidad y minería,
este organismo impondrá a los infractores las sanciones
y multas establecidas en la Escala aprobada por su
Consejo Directivo.
Corresponde a OSINERGMIN determinar benef‌i cios
de pronto pago y otros que considere.”
GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Ordenanza N° 008-2013-GR.LAMB/CR.- Aprueban el
Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del
Gobierno Regional Lambayeque 502356
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
que establece tasa por estacionamiento vehicular en
zonas urbanas del distrito de San Borja 502358
MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Ordenanza N° 286/MDC.- Regulan benef‌i cio temporal
para pago de multas tributarias y no tributarias en el
distrito 502358
D.A. N° 008-2013-A/MDC.- Aprueban el Programa
Municipal Formativo Competitivo de Fútbol de Menores y
Jóvenes en el Distrito de Carabayllo 502359
MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Res. N° 001-2013-GCSC-MDMM.- Declaran en estado
de abandono vehículos particulares en el distrito y otorgan
plazo para que los propietarios cumplan con retirarlos,
bajo apercibimiento de ser internados en el Depósito
Municipal 502360
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Acuerdo N° 086-2013/MM.- Aceptan donaciones
ofrecidas de diversas empresas a efectos de formalizar,
para ser destinadas al “X Concurso Nacional de Marinera
Norteña Ciudad de Miraf‌l ores” 502361

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