ORDENANZA N° 0028-2013-AL/CPB - Aprueban Campaña de Actualización Masiva del Impuesto Predial, Regularización de Deuda Tributaria y Arbitrios en la ciudad de Barranca

Fecha de disposición03 Septiembre 2013
Fecha de publicación03 Septiembre 2013
El Peruano
Martes 3 de setiembre de 2013
502170
ORDENANZA QUE MODIFICA LA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0012-2013-AL/CPB.,
CONCERNIENTE AL SORTEO TRIBUTARIO POR EL
MES DE JULIO Y DICIEMBRE 2013 – POR PRONTO
PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS
MUNICIPALES 2013
Artículo 1º.- MODIFICAR en parte el Artículo 1º párrafo
f‌i nal y Artículo 2º cuarto párrafo de la Ordenanza Municipal
Nº 0012-2013-AL/CPB., sin que con este se altere la
sustancia de la norma municipal, en lo que respecta a la
fecha del 1er Sorteo Tributario que se llevará a cabo el 04
de Octubre del 2013, por motivo de la Creación Política de
la Provincia de Barranca.
Artículo 2º.- La presente Ordenanza Municipal entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo 3º.- PUBLIQUESE la presente norma local
en el Diario Of‌i cial El Peruano, en el Portal Institucional
www.munibarranca.gob.pe/ y en el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe/
conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091.
Artículo 4º.- ENCARGAR a Secretaría General la
publicación, distribución y notif‌i cación de la presente
ordenanza municipal.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en la Casa Municipal, a los veinticuatro días del
mes de julio del dos mil trece.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
982389-1
Aprueban Campaña de Actualización
Masiva del Impuesto Predial,
Regularización de Deuda Tributaria y
Arbitrios en la ciudad de Barranca
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 0028-2013-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 21 de
Agosto del 2013, en la estación Orden del Día, el Proyecto
de Ordenanza Municipal que aprueba la campaña de
actualización masiva de impuesto Predial, regularización
de deuda tributaria y arbitrios en la ciudad de Barranca; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece la Constitución Política del
Perú, en su Artículo 194º modif‌i cado por la Ley Nº 28607
– Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades
provinciales y distritales son los órganos de gobierno local
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, las ordenanzas municipales son normas de
mayor rango dentro de la normatividad municipal,
conforme establece el Artículo 40º de la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley Nº 27972, primer párrafo “Las
ordenanzas municipales provinciales y distritales, en la
materia de su competencia, son normas de carácter general
de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal,
por medio de las cuales se aprueba la organización interna,
la regulación, administración y supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa;
Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 41º del
TUO del Código Tributario, que establece que la deuda
tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa
con rango de Ley, excepcionalmente los Gobiernos
Locales podrán condonar con carácter general el interés
moratorio y las sanciones respecto de los impuestos que
administren;
Que, el Artículo 62º de la misma norma, establece
facultades de f‌i scalización de la administración tributaria,
por lo que es necesario incentivar a los contribuyentes
para que en forma voluntaria regularicen la determinación
de sus obligaciones tributarias a f‌i n de que las obligaciones
no declaradas oportunamente las pueda efectuar con
facilidades de pago;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 007-2011-
AL/CPB, el Consejo Provincial de Barranca aprobó el
“Benef‌i cio Tributario Municipal de Condonación Parcial
de Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y
Serenazgo”, que en su Artículo 1º Dispone la condonación
total de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y
Jardines y Serenazgo, administrados por la Municipalidad
Provincial de Barranca del año 1998 hasta el año 2003;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 018-2013-
AL/CPB, de fecha 12 de Junio del 2013, se aprobó la
“Campaña de Actualización Masiva de Impuesto Predial,
Regularización de deuda Tributaria y Arbitrios en la Ciudad
de Barranca”, la cual fue publicada en el Diario Of‌i cial El
Peruano con fecha 17 de Julio del 2013, y que señala
en su Artículo 11º “Los contribuyentes podrán acogerse
a los benef‌i cios tributarios dispuestos en la presente
ordenanza, desde el día siguiente de su publicación hasta
por el periodo de 30 días calendario”; Entonces, bajo este
concepto, cabe indicar que esta terminó su vigencia el 17
de Agosto del 2013;
Que, en ese sentido, sobre la base de la mencionada
Ordenanza, el presente proyecto de Ordenanza tiene
por f‌i nalidad establecer a favor de los contribuyentes
de la Municipalidad Provincial de Barranca, incentivos
para la regularización voluntaria en la presentación de
las declaraciones juradas de autoavalúo de su predio
y/o el uso de los mismos u otro dato que incida en la
mayor determinación del impuesto predial, arbitrios en
los ejercicios respectivos. Así como la regularización de
deuda por Impuesto Predial y arbitrios pendientes de
pago;
Que, después de algunas intervenciones, del debate
pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de
lo dispuesto el Artículo , 39º y 40º de la Ley Nº 27972
Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Municipal
con el voto UNANIME de los Señores Regidores presentes
y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta;
se expide la siguiente;
“ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA
CAMPAÑA DE ACTUALIZACION MASIVA DE
IMPUESTO PREDIAL, REGULARIZACIÓN DE
DEUDA TRIBUTARIA Y ARBITRIOS EN LA
CIUDAD DE BARRANCA”
Artículo 1º.- APROBAR, las normas que regulan la
Campaña de Actualización Masiva de Impuesto Predial,
Regularización de Deuda Tributaria y Arbitrios en la
Ciudad de Barranca; el cual consta de 11 Artículos y 05
Disposiciones Finales y Transitorias, que en anexo forma
parte de la presente ordenanza.
Artículo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones
que se opongan a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 3º.- La presente Ordenanza Municipal entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo 4º.- PUBLÍQUESE la presente norma
local en el Diario Of‌i cial El Peruano, y sus anexos en
el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe/ y en
el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalciudadano.gob.pe/ conforme a los lineamientos
descritos en la Ley Nº 29091.
Artículo 5º.- ENCARGAR a Secretaría General la
publicación, distribución y notif‌i cación de la presente
ordenanza municipal.
POR LO TANTO:
Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.
Dado en la Casa Municipal, a los veintiún días del mes
de agosto del dos mil trece.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
982390-1

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