Sentencia nº 000937-2006/TDC de Tribunal de Defensa de la Competencia, 14 de Junio de 2006

Fecha de Resolución14 de Junio de 2006
EmisorTribunal de Defensa de la Competencia
Expediente124-2005/CCD
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala de Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN Nº 0937-2006/TDC-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 124-2005/CCD
M-SDC-02/1C
PROCEDENCIA : COMISION DE REPRESION DE LA
COMPETENCIA DESLEAL (LA COMISION)
DENUNCIANTE : INTERNATIONAL LOTTO CORP S.R.L. (LOTTO)
DENUNCIADO : INTRALOT DEL PERÚ S.A.C. (INTRALOT)
MATERIA : COMPETENCIA DESLEAL
PUBLICIDAD COMERCIAL
PRINCIPIO DE LIBRE Y LEAL COMPETENCIA
ACTIVIDAD : JUEGOS DE LOTERÍA
SUMILLA: en el procedimiento sobre infracciones a las Normas de la
Publicidad en Defensa del Consumidor seguido por International Lotto
Corp S.R.L. contra Intralot del Perú S.A.C. por presunta infracción al
artículo 7º de las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor,
esta Sala ha resuelto confirmar la Resolución 123-2005/CCD-
INDECOPI, que declaró infundada la denuncia.
No existen elementos en el anuncio objeto del procedimiento que
hagan referencia al sorteo de un inmueble realizado por la denunciante,
por lo que no puede considerarse que la publicidad difundida por la
denunciada denigra a Lotto ni a los productos que ésta comercializa en
el mercado.
Lima, 14 de junio de 2006
I ANTECEDENTES
El 12 de agosto de 2005 Lotto denunció a Intralot por infringir las Normas de
la Publicidad en Defensa del Consumidor al promocionar el juego de lotería
“La Tinka” a través de un anuncio publicitario en televisión en el que se
presentaba una situación que daba a entender a los consumidores que
existían loterías que ofrecieron otorgar inmuebles en calidad de premios y
que no habían cumplido.
Según manifestó la denunciante, este anuncio denigraba al Consorcio La
Grande -integrado por Lotto, la Asociación de Discapacitados de Huaycán y
la Asociación de Sordos del Perú- que para promocionar su producto
“Raspaditas”, había lanzado una promoción denominada “Haz tu sueño
realidad” mediante la cual sorteó un departamento, cumpliendo con la
entrega del premio.
Mediante Resolución 1 emitida el 24 de agosto de 2005, la Comisión
admitió a trámite la denuncia contra Intralot por presunta infracción al límite
de no denigrar tipificado en el artículo 7° de las Normas de la Publicidad en
Defensa del Consumidor, requiriéndole a ambas partes información sobre

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