Sentencia nº 003140-2010/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 29 de Noviembre de 2010

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2010
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente312-2008/CCO-INDECOPI-01-01
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUA L
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN 3140-2010/SC1-I NDECOPI
EXPEDIENTE 312-2008/CCO-I NDECOPI-01-01
M-SC1-13/1A
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES LIMA
NORTE
DEUDOR : DUCTOS PERUANOS S.A.C. EN LIQUIDACIÓN
ACREEDOR : CARLOS GUSTAVO BERNAL ASCENCIO
MATERIA : DERECHO CONCURSAL
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS LABORALES
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE OTROS PRODUCTOS DE METALES
SUMILLA: se REVOCA la Resolución 0088-2010/ILN-CCO del 12 de mayo de
2010, en el extremo que reconoció créditos a favor del señor Carlos Gustavo
Bernal Ascencio frente a Ductos Peruanos S.A.C. en Liquidación ascendentes a
US$ 1 301,49 por intereses derivados de la CTS del periodo del 1 al 30 de
noviembre de 2009 y, se declara infundada la solicitud en tal extremo; debido a
que el trabajador ha solicitado créditos por capital de CTS calculados 30 de
noviembre de 2009, fecha de la publicación de la situación de concurso de
Ductos, motivo por el cual éstos no habrían generado intereses.
Se REVOCA la Resolución 0088-2010/ILN-CCO, en el extremo que reconoció
créditos a favor del referido trabajador frente a la deudora derivados del récord
vacacional trunco devengado del 2 de mayo al 30 de noviembre de 2009,
ascendentes a S/. 1 103,33 por capital y, reformándola, se declara improcedente
la solicitud de reconocimiento de créditos en tal extremo; toda vez que el
derecho a percibir el descanso vacacional por dicho periodo se generó con
posterioridad a la fecha de publicación de la situación de concurso de la
empresa deudora.
Lima, 29 de noviembre de 2010
ANTECEDENTES
1. Mediante escrito del 18 de enero de 2010, complementado el 1 de febrero de
2010, el señor Carlos Gustavo Bernal Ascencio (en adelante, el trabajador)
solicitó a la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur el
reconocimiento de créditos laborales frente a Ductos Peruanos S.A.C.1 (en
adelante, Ductos Peruanos) ascendentes a US$ 2 759,33 y S/. 8 514,15 por
capital, y, US$ 1 441,22 y S/. 737,30 por intereses derivados de los siguientes
conceptos y periodos:
1 Mediante Resolución 101 2-2009/CCO-INDECOPI del 27 de en ero de 2009, la Comisión decl aró la situación de concurso
de Ductos Peruanos. Dicha situación fue p ublicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 30 de noviembre de 2009 .
Posteriormente, en Junta de Acreedores del 10 de septiembre de 2010, se acordó la disolución y liquidación de Ductos
Peruanos y se aprobó el respecti vo convenio de liquidación.

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