Sentencia nº 003086-2012/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 8 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2012
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente070-2012/CCO-INDECOPI
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELE CTUAL
Sala Especializada en Defensa de la Competencia
RESOLUCIÓN 3086-2012/SD C-INDECOPI
EXPEDIENTE 070-2012/CCO-INDE COPI
M-SDC-13/1A
PROCEDENCIA : COMISION DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
LIMA SUR
DEUDOR : PETER YIU WING TAY HUNG
ACREEDOR : BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ S.A.
MATERIA : PROCEDIMIENTO CONCURSAL ORDINARIO
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN AL AMPARO DEL
OPOSICIÓN
IMPROCEDENCIA
SUMILLA: se CONFIRMA la Resolución 3857-2012/CCO-INDECOPI del 11 de
junio de 2012 que declaró improcedente la oposición formulada por el señor
Peter Yiu Wing Tay Hung el 14 de mayo de 2012, dado que no procede
cuestionar la declaración de disolución y liquidación de su patrimonio, por
ser un pronunciamiento que la autoridad administrativa debe acatar al estar
contenido en un mandato judicial firme emitido al amparo de lo establecido
en el artículo 692-A del Código Procesal Civil, por lo que los supuestos
defectos de la notificación del proceso judicial deberán ser planteados ante
el órgano jurisdiccional competente.
Lima, 8 de noviembre de 2012
ANTECEDENTES
1. Mediante Resolución 9 del 30 de septiembre de 2011, el Décimo Cuarto
Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Lima declaró la disolución y
liquidación del patrimonio del señor Peter Yiu Wing Tay Hung (en adelante, el
señor Tay), de acuerdo con lo establecido en el artículo 692-A del Código
Procesal Civil, vigente en dicha fecha.
2. Por Oficio 001-2012-14JECoL-CSJL del 12 de marzo de 2012, dicho órgano
jurisdiccional remitió a la Comisión de Procedimientos Concursales Lima Sur
(en adelante, la Comisión), copias certificadas del Expediente 4846-2010-
1817-JR-CO-14, correspondiente al proceso de obligación de dar suma de
dinero seguido por Banco Internacional del Perú (en adelante, Interbank)
frente al señor Tay.
3. Por Resolución 2193-2012/CCO-INDECOPI del 2 de abril de 2012, la
Comisión dispuso la publicación de la disolución y liquidación del patrimonio
del señor Tay en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo dispuesto en el
artículo 32 de la Ley General del Sistema Concursal (en adelante, LGSC).
Asimismo, requirió al deudor para que, en un plazo no mayor de diez días
hábiles posteriores a la referida publicación, bajo apercibimiento de multa,
presente la totalidad de la información y documentación señalada en el

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