Sentencia nº 000754-2009/SC1 de Sala Especializada en Defensa de la Competencia, 22 de Julio de 2009

Fecha de Resolución22 de Julio de 2009
EmisorSala Especializada en Defensa de la Competencia
Expediente29-2008//CCO-INDECOPI-03-27
TRIBUNAL DE DEFENSA DE L A COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECT UAL
Sala de Defensa de la Compet encia Nº 1
RESOLUCIÓN Nº 0754-2009/S C1-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 29-2008/CCO-INDE COPI-03-27
M-SDC-13/2B
Con formato: Fuente: 8 pt
PROCEDENCIA : COMISIÓN DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES
DEUDOR : TEXTIL SAN CRISTÓBAL S.A.
ACREEDOR : PATRIMONIO FIDEICOMETIDO BANCO FINANCIERO DEL
PERÚ
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
ORDEN DE PREFERENCIA
NULIDAD
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE TEJIDOS
SUMILLA: se declara la nulidad de la Resolución 7912-2008/CCO-INDECOPI
del 10 de setiembre de 2008, que reconoció créditos a favor del Patrimonio
Fideicometido Banco Financiero del Perú frente a Textil San Cristóbal S.A.A.
ascendentes a US$ 2 074 660,44 por capital y US$ 349 516,60 por intereses, e
integrándola, se reconoce créditos a favor del referido acreedor ascendentes
a US$ 1 758 404,71 por capital y se dispone que la Comisión de
Procedimientos Concursales liquide los intereses sobre la base del capital
determinado a través de la presente resolución, debido a que la Comisión
reconoció a favor del Patrimonio Fideicometido Banco Financiero del Perú
créditos por capital en un monto superior al invocado por dicho acreedor en
su solicitud, en contravención al principio de congruencia previsto en el
Artículo VII del Título Preliminar del Código Procesal Civil.
Lima, 22 de julio de 2009
ANTECEDENTES
1. El 15 de noviembre de 2003, se publicó el acogimiento de Textil San
Cristóbal S.A. (en adelante, Textil San Cristóbal) al Procedimiento
Concursal Preventivo y el 12 de noviembre de 2004, la Junta de Acreedores
aprobó el respectivo Acuerdo Global de Refinanciación (en adelante, el
AGR), con lo cual concluyó el referido procedimiento.
2. El 28 de abril de 2008, se publicó el inicio del Procedimiento Concursal
Ordinario de Textil San Cristóbal.
3. Por escrito del 11 de junio de 2008, el Patrimonio Fideicometido Banco
Financiero del Perú (en adelante, el Patrimonio Fideicometido) invocó el
reconocimiento de créditos frente a Textil San Cristóbal ascendentes a
US$ 1 758 404,71 por capital y US$ 1 184 450,84 por intereses, derivados
de tres (3) pagarés.
4. Mediante escrito del 17 de julio de 2008, Textil San Cristóbal absolvió el
traslado de la solicitud oponiéndose al reconocimiento solicitado por el
Patrimonio Fideicometido respecto de la cuantía invocada por intereses. En
sustento de su posición, Textil San Cristóbal adjuntó copia de un estado de
Eliminado:
PROYECTO DE
Eliminado:
0000
Con formato: Izquierda: 3.2
cm, Derecha: 2.2 cm
Con formato: Sangría:
Izquierda: 0 cm, Sangría
francesa: 3.75 cm
Con formato: Tabulaciones:
3.75 cm, Izquierda + No en
4.5 cm
Eliminado:
Elaborado por:
Aldo Bianchini¶
Supervisado por: Enrique
Pasquel¶
Expediente en Sala: 785-
2008/SC2¶
Vencimiento: 24/04/2009¶
Eliminado:
. Ello
Eliminado: xx

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