Sentencia nº 000397-2004/SCO de Sala concursal, 25 de Junio de 2004

Fecha de Resolución25 de Junio de 2004
EmisorSala concursal
Expediente060-1997/023/CCE-ODI-CCPL
TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Sala Concursal
RESOLUCIÓN N° 0397-2004/SCO-INDECOPI
EXPEDIENTE Nº 060-1997-23/CCE-ODI-CCPL
PROCEDENCIA : COMISIÓN DELEGADA DE PROCEDIMIENTOS
CONCURSALES EN LA UNIVERSIDAD DE PIURA CON
SEDE EN LIMA (LA COMISIÓN)
ACREEDOR : ADMINISTRADORA PRIVADA DE FONDOS DE
PENSIONES HORIZONTE (AFP HORIZONTE)
DEUDOR : MOSAICOS POMABAMBA S.A. EN LIQUIDACIÓN
(MOSAICOS POMABAMBA)
MATERIA : RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS
CRÉDITOS PREVISIONALES
QUIEBRA
ACTIVIDAD : FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DE ARCILLA Y
CERÁMICA NO REFRACTARIAS PARA USO
ESTRUCTURAL
SUMILLA: En los casos en que se declare judicialmente la quiebra de la
empresa deudora, la competencia respecto del procedimiento concursal de
dicha empresa, así como de los procedimientos de reconocimiento de
créditos derivados del mismo, es asumida por la autoridad jurisdiccional,
perdiendo competencia la Sala para emitir pronunciamiento respecto del
recurso de apelación que se encuentre en trámite.
Lima, 25 de junio de 2004
VISTO:
El recurso de apelación interpuesto por AFP Horizonte contra la Resolución
N° 2802-2003/CDCO-ODI-UDP del 7 de octubre de 2003 que reconoció en parte
los créditos invocados por dicha entidad previsional frente a Mosaicos
Pomabamba.
CONSIDERANDO:
1. Que, el 14 de julio de 2003 AFP Horizonte invocó frente a Mosaicos
Pomabamba
1
el reconocimiento de nuevos créditos
2
ascendentes a
S/. 2 176,90 por capital y S/. 340,99 por intereses, derivados de aportes
previsionales vencidos correspondientes a los meses setiembre de 1997 y
mayo a diciembre de 1998;
1
Por Resolución Nº 002-97/CCE-CCPL del 4 de junio de 1997 se declaró la ins olvencia de Mosaicos Pomabamba. En
reunión de Junta de Acreedores celebrada el 9 de febrero de 1999 se acordó la disolución y liquidación de la empresa
insolvente, designándose a Top Consulting Management S.A. como entidad liquidadora.
2
Mediante Resolución N° 2801-2003-CDCO-ODI-UDP del 7 de octubre de 2003, se precisó que los créditos reconocidos
en el procedimiento a favor de AFP Horizonte se fijaban en S/. 11 912,18 por capital y S/. 66 398,34 por intereses,
correspondiendo a los créditos ascendentes a S/. 10 716,12 por capital y S/. 62 940,04 por intereses, el primer orden
de preferencia y a los créditos ascendentes a S/. 1 196,06 por capital y S/. 3 458,30 por intereses, el quinto orden de
preferencia.

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